martes, 1 de febrero de 2022

Karl Jaspers: el Derecho, ante la filosofía del límite

 

Karl Jaspers (1883-1969) fue un médico psiquiatra alemán, profesor universitario de su disciplina, cuyas contribuciones al conocimiento humano superaron el ámbito clínico, adentrándose en la Filosofía e incluso en la Teología. Contrario al régimen nazi, fue cesado de su cátedra en la Universidad de Heilderberg por razones políticas y sólo volvió a ella una vez que el Tercer Reich del partido nacionalsocialista cayó derrotado, tras la segunda guerra mundial. Recibió múltiples premios y reconocimientos en su especialidad, la Psiquiatría, y sus tratados en la materia son considerados auténticas piedras angulares de la misma. A Jaspers se le debe el análisis de las psicopatologías del individuo desde el prisma biográfico, esto es, a partir de las vicisitudes completas de su vida como detonantes de su inestabilidad mental, y del recurso a la forma antes que al contenido para conocer el verdadero motivo de la enfermedad: esto es, la averiguación de la razón de ser de la patología a través del signo externo con el que se presenta y que el enfermo dice percibir, ya sea la imagen en una alucinación visual o las voces que expresa escuchar, de modo que esa forma ofrece la clave para adentrarse en el estudio de la enfermedad. Para el autor, el concepto de “situación límite”, cuando aparece en la vida de la persona, supone el punto de inflexión de su existencia, pues este es el momento en el que la personalidad real emerge, despojada de ataduras sociales y convencionales, manifestándose la plena libertad del individuo, su estado natural original, tal y como él es.

En este punto surge la principal contribución filosófica de Jaspers: al quebrarse el contexto de estabilidad, de normalidad, y colocar al individuo en una situación extrema, su verdadera personalidad sale a la luz, y permite conocerle bien, en su bondad y en su maldad. La situación límite abre la puerta a lo que el autor denomina Existenz: la trascendencia. Es en ese momento en el que los valores más primigenios de la humanidad traspasan las fronteras o los límites de la dimensión material cotidiana, y desde su singular plano se materializan en la sociedad. Es en la situación límite cuando el individuo, desde todas las facetas de su ser, unívocamente desde lo racional y lo emocional, apela con franqueza a la igualdad, a la justicia, a la presunción de inocencia, a todos los derechos humanos y fundamentales que hacen de la sociedad una estructura humana civilizada.

Estas aportaciones filosóficas de Karl Jaspers me permiten reflexionar sobre el Derecho. Las normas positivas, para ser reputadas normas jurídicas legítimas, tienen que estar fundamentadas en los valores humanos más esenciales. Es decir: el Derecho Positivo, aún residenciado en una dimensión empírica, no adquiere su carácter verdaderamente vinculante si no se encuentra, desde su génesis, unido a los principios propios del Derecho Natural, que son valores de tipo trascendental, ubicados en una dimensión ontológica diversa a la iuspositiva. De este modo, si la norma jurídica positiva no responde a una trasposición auténtica de los postulados del Derecho Natural (los derechos humanos o derechos fundamentales), aparte de carecer de auténtica legitimidad, supone una opresión social, un encorsetamiento de la humanidad, pues no permite a ésta desarrollarse dentro de los valores que le son propios. Pensemos en la época en la que vivió Jaspers y en el régimen político de entonces, al que se opuso, y podremos entender muy bien este planteamiento. Sólo si la norma positiva traslada o traspone los principios más inherentes de la humanidad será verdadero Derecho y no una encubierta prisión impuesta desde el poder para tener contenida a la sociedad.

De este modo, Existenz y Derecho Natural, para mí, forman parte del mismo ámbito conceptual. Cuando la norma jurídico-positiva refleja los principios de la trascendencia jurídica (propios del Derecho Natural), nace el auténtico Derecho.

Será en aquellas ocasiones en las que la norma positiva no responda a la búsqueda del bien de la humanidad (lo que se produce en el momento en el que se separa del Derecho Natural) y obedezca al mero formalismo, aparentando ser legítima sin que su esencia responda a ello y quede de Derecho solo su eufemístico nombre, cuando la situación límite en la sociedad, ocasionada por la injusticia, actúe como el catalizador que haga posible un Derecho real, verdadero y justo: la quiebra de la ley positiva por injusta, mediante una auténtica revolución social frente a ella por no responder a los valores que la deben fundamentar, en la búsqueda de la verdadera armonía entre ambos planos jurídicos.

Una crisis del Derecho derivada de la situación límite en la que la sociedad perciba la injusticia encubierta tras la forma y, manifestando entonces su plena libertad de criterio, conlleve así al cambio jurídico, en el que el Derecho responda, entonces, a su verdadero ser trascedente y finalidad, que no es otro que la acción de la Justicia, y así se rompan definitivamente las cadenas de esa prisión en la que fue reclusa a instancias del poder.

“El hombre no toma conciencia de su ser más que en las situaciones límite.”

“Hay algo en la tragedia humana que hace aflorar lo mejor de la persona.”

“Ser hombre es ser libre. El sentido de la historia es que nos convirtamos realmente en hombres.”

 “El problema crucial y siguiente: la Filosofía aspira a alcanzar la verdad total, algo que el mundo no quiere.”

“La independencia del filósofo se vuelve falsa cuando se mezcla de orgullo. En el hombre auténtico, el sentimiento de independencia siempre se acompaña del sentimiento de impotencia.”

“Incluso ante el desastre posible y total, la Filosofía seguirá preservando la dignidad del hombre en declive.”



           Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y 
            Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación