Karl Jaspers (1883-1969) fue un médico psiquiatra
alemán, profesor universitario de su disciplina, cuyas contribuciones al conocimiento
humano superaron el ámbito clínico, adentrándose en la Filosofía e incluso en
la Teología. Contrario al régimen nazi, fue cesado de su cátedra en la
Universidad de Heilderberg por razones políticas y sólo volvió a ella una vez que
el Tercer Reich del partido nacionalsocialista cayó derrotado, tras la segunda
guerra mundial. Recibió múltiples premios y reconocimientos en su especialidad,
la Psiquiatría, y sus tratados en la materia son considerados auténticas
piedras angulares de la misma. A Jaspers se le debe el análisis de las
psicopatologías del individuo desde el prisma biográfico, esto es, a partir de
las vicisitudes completas de su vida como detonantes de su inestabilidad
mental, y del recurso a la forma antes que al contenido para conocer el verdadero
motivo de la enfermedad: esto es, la averiguación de la razón de ser de la
patología a través del signo externo con el que se presenta y que el enfermo
dice percibir, ya sea la imagen en una alucinación visual o las voces que
expresa escuchar, de modo que esa forma ofrece la clave para adentrarse en el
estudio de la enfermedad. Para el autor, el concepto de “situación límite”, cuando aparece en la vida de la persona, supone
el punto de inflexión de su existencia, pues este es el momento en el que la
personalidad real emerge, despojada de ataduras sociales y convencionales,
manifestándose la plena libertad del individuo, su estado natural original, tal
y como él es.
En este punto surge la principal contribución
filosófica de Jaspers: al quebrarse el contexto de estabilidad, de normalidad, y
colocar al individuo en una situación extrema, su verdadera personalidad sale a
la luz, y permite conocerle bien, en su bondad y en su maldad. La situación límite abre la puerta a lo que
el autor denomina Existenz: la
trascendencia. Es en ese momento en el que los valores más primigenios de la
humanidad traspasan las fronteras o los límites de la dimensión material
cotidiana, y desde su singular plano se materializan en la sociedad. Es en la
situación límite cuando el individuo, desde todas las facetas de su ser,
unívocamente desde lo racional y lo emocional, apela con franqueza a la
igualdad, a la justicia, a la presunción de inocencia, a todos los derechos
humanos y fundamentales que hacen de la sociedad una estructura humana
civilizada.
Estas aportaciones filosóficas de Karl Jaspers me
permiten reflexionar sobre el Derecho. Las normas positivas, para ser reputadas
normas jurídicas legítimas, tienen que estar fundamentadas en los valores
humanos más esenciales. Es decir: el Derecho Positivo, aún residenciado en una
dimensión empírica, no adquiere su carácter verdaderamente vinculante si no se
encuentra, desde su génesis, unido a los principios propios del Derecho
Natural, que son valores de tipo trascendental, ubicados en una dimensión
ontológica diversa a la iuspositiva. De este modo, si la norma jurídica
positiva no responde a una trasposición auténtica de los postulados del Derecho
Natural (los derechos humanos o derechos fundamentales), aparte de carecer de
auténtica legitimidad, supone una opresión social, un encorsetamiento de la
humanidad, pues no permite a ésta desarrollarse dentro de los valores que le
son propios. Pensemos en la época en la que vivió Jaspers y en el régimen
político de entonces, al que se opuso, y podremos entender muy bien este
planteamiento. Sólo si la norma positiva traslada o traspone los principios más
inherentes de la humanidad será verdadero Derecho y no una encubierta prisión
impuesta desde el poder para tener contenida a la sociedad.
De este modo, Existenz
y Derecho Natural, para mí, forman parte del mismo ámbito conceptual. Cuando la
norma jurídico-positiva refleja los principios de la trascendencia jurídica
(propios del Derecho Natural), nace el auténtico Derecho.
Será en aquellas ocasiones en las que la norma
positiva no responda a la búsqueda del bien de la humanidad (lo que se produce
en el momento en el que se separa del Derecho Natural) y obedezca al mero
formalismo, aparentando ser legítima sin que su esencia responda a ello y quede
de Derecho solo su eufemístico
nombre, cuando la situación límite en
la sociedad, ocasionada por la injusticia, actúe como el catalizador que haga
posible un Derecho real, verdadero y justo: la quiebra de la ley positiva por
injusta, mediante una auténtica revolución social frente a ella por no
responder a los valores que la deben fundamentar, en la búsqueda de la
verdadera armonía entre ambos planos jurídicos.
Una crisis
del Derecho derivada de la situación límite en la que la sociedad perciba
la injusticia encubierta tras la forma y, manifestando entonces su plena
libertad de criterio, conlleve así al cambio jurídico, en el que el Derecho responda,
entonces, a su verdadero ser trascedente y finalidad, que no es otro que la
acción de la Justicia, y así se rompan definitivamente las cadenas de esa
prisión en la que fue reclusa a instancias del poder.
“El hombre no toma conciencia de su ser más que en las situaciones
límite.”
“Hay algo en la tragedia humana que hace aflorar lo mejor de la persona.”
“Ser hombre es ser
libre. El sentido de la historia es que nos convirtamos realmente en hombres.”
“El problema crucial y siguiente:
la Filosofía aspira a alcanzar la verdad total, algo que el mundo no quiere.”
“La independencia del filósofo se vuelve falsa cuando se mezcla de
orgullo. En el hombre auténtico, el sentimiento de independencia siempre se
acompaña del sentimiento de impotencia.”
“Incluso ante el desastre posible y total, la Filosofía seguirá
preservando la dignidad del hombre en declive.”
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