sábado, 1 de mayo de 2021

John Fitzgerald Kennedy (JFK): el impulso jurídico por la igualdad material del ser humano

 

John Fitzgerald Kennedy (1917-1963), trigésimo quinto Presidente de los Estados Unidos de América, hubo de afrontar diversos y significativos problemas que, como viene aconteciendo en la historia de los Estados Unidos, no se delimitan únicamente al ámbito americano, a pesar de que puedan tener origen dentro de sus fronteras, sino que acaban por trascender al mundo entero, por lo que la responsabilidad de una correcta gestión de los mismos no sólo tiene consecuencias internas, sino que repercute de una manera decisiva en la deriva política y económica planetaria. JFK se enfrentó, entre otras cuestiones, a la problemática con Cuba, materializada con la invasión de Bahía Cochinos y la crisis de los misiles; la construcción del Muro de Berlín o los primeros signos de la que sería de Guerra de Vietnam. Fue el suyo un mandato con decisiones importantes, algunas con mayor acierto que otras, y por lo tanto no exento de claroscuros; pero, junto con los inicios de la carrera espacial, una de las aportaciones de mayor relevancia de este Presidente para la historia y el Derecho, a la que me quiero referir, se encuentra en la materia de los derechos civiles de los ciudadanos y en el combate contra la discriminación racial. Por el gobierno de JFK se adoptaron una serie de iniciativas que, desde mi punto de vista, supusieron la tan necesaria conjugación (y por desgracia no muchas veces experimentada en la realidad, al margen de apariencias o simulaciones de ello) entre Derecho Positivo y Derecho Natural, esto es: la conducción de la norma jurídica positiva conforme a los designios de la ética, o de los postulados filosóficos, en última instancia, que han de regir la convivencia de la humanidad, y sobre los que el Derecho se debe de asentar para ser, verdaderamente, Derecho y no un artificio, una sombra desvirtuada de su esencia.

La realidad americana en tiempos de JFK, al margen de las decisiones que a nivel jurídico se hubieran adoptado, era que la discriminación racial seguía existiendo en bastantes Estados, reflejada en incidentes de distinto tipo: desde el encarcelamiento de Martin Luther King hasta la negativa a que algunos estudiantes negros pudieran acudir a clases en la Universidad, ello con la aquiescencia de distintos gobernadores. En definitiva, una realidad social contraria completamente a la modernidad que se suponía caracterizaba a los Estados Unidos del siglo XX, que en teoría contaba con textos normativos inspirados en el racionalismo, completados mediante enmiendas y en definitiva postulados como el modelo del progreso. Sin embargo, la realidad adveraba que las consecuencias de la esclavitud durante siglos aún pervivían, y lo hacían en zonas de poder e influencia.

Pues bien, JFK (prescindiendo de las motivaciones que hubiera, electorales o no) inició una actividad, de la que él mismo, en persona, formó parte, haciendo valer el principio de igualdad ante la ley y en la ley (nótese el matiz) de todos los ciudadanos americanos, con independencia de su raza. A tal fin, dirigió las gestiones políticas necesarias para excarcelar a Luther King y contactó con los gobernadores reacios a que los estudiantes negros accedieran a las universidades conminándoles a que les dejaran entrar. Al mismo tiempo, propició la iniciativa legislativa necesaria para confirmar, desde el prisma del Derecho Positivo, lo que no era sino la plasmación de genuinos derechos humanos, empezando por la igualdad en la atribución de los mismos a todas las personas, sin discriminación, dando valor normativo a decisiones jurisprudenciales previas que se estaban, de facto, soslayando. Esto es, la aprobación de una ley como la Civil Rights Act de 1964, que garantizaba el acceso de todos los ciudadanos a los derechos y servicios esenciales que les corresponden, con independencia de su raza, supone el tipo de norma jurídica plena, perfecta y real, al unir al mandato imperativo de la Ley la legitimidad de su sentido, es decir, su trascendencia o razón metajurídica, consistente en el principio inmanente, filosófico, de la igualdad material de todos los ciudadanos. El mismo carácter diferenciado que existe entre la igualdad formal y material es el que se da entre el Derecho Positivo y el Derecho Natural, de modo que solo en la union de ambos surge el verdadero Derecho, como así se plasmó en la referida Ley de Derechos Civiles.

JFK murió asesinado en 1963, un aciago destino que, a lo largo de la historia de la humanidad en general y del pensamiento en particular ha aguardado siempre a aquellos personajes que han marcado la diferencia, al romper paradigmas, enfrentarse a la realidad establecida y fortificada por los poderes fácticos. En la actualidad, y a la vista de ciertos incientes, con vertiente judicial incluída, que han acontecido en Estados Unidos, y que parecen hacer revivir al fantasma del racismo, es conveniente recordar que, en un ayer no muy lejano, sin necesidad de retrocer siglos o milenios en el tiempo, hubo un dirigente que intentó solucionar esta situación poniendo los mimbres precisos a tal fin, consiguiendo aunar Derecho y Filosofía, ley y ética; habrá de tenerse presente para evitar que la deriva de la sociedad, y de la práctica legislativa, en lugar de seguir avanzando (lo que sólo se consigue con la union de las dos facetas en la ley: jurídica y filosófica) entre en una dinámica de involución y que la sociedad del futuro no sea capaz de mirarse, con dignidad y sin sonrojo, en el espejo de sus antepasados.

“Un hombre hace lo que debe hacer, a pesar de las consecuencias personales, a pesar de los obstáculos, los peligros y las presiones, y esa es la base de toda moralidad humana”.

 

 “La grandeza de un hombre está en relación directa a la evidencia de su fuerza moral”. 

“Los problemas del mundo no pueden ser resueltos por escépticos o cínicos cuyos horizontes están limitados por las realidades obvias. Necesitamos hombres que puedan soñar con cosas que nunca fueron”.



   Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y
  Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación