lunes, 1 de septiembre de 2025

Edith Stein: de la fenomenología a la santidad

 

Edith Stein (1891-1942) fue una mujer ejemplar. No solo por su forma de ver la vida, las dolorosas circunstancias que tuvo que afrontar o su brillantez intelectual. Con total humildad y verdadera sabiduría (entendiendo que no todo lo visible constituye la realidad, y que, cuanto más reflexionaba filosóficamente más se daba cuenta de ello) transitó por un camino que le llevó a lo trascedente, y lo hizo desde lo racional, desde el pensamiento estrictamente filosófico.

Nació en la ciudad alemana de Breslavia (hoy Wroclaw, Polonia) en el seno de una familia judía y desde niña manifestó grandes inquietudes, siendo avanzada en los estudios, e interesada especialmente en la filosofía y la psicología. Su carrera universitaria hizo posible que coincidiera con Husserl, uno de los máximos exponentes de la fenomenología y, a través de esta corriente de pensamiento, Edith llegó a una convicción religiosa, lo que no deja de ser algo ciertamente singular, pues materializa la tesis según la cual a través de la razón se puede llegar a lo trascendente. Es cierto que la fenomenología es un campo proclive a la consideración de lo intangible como presupuesto, pues su base está en que la realidad se aprehende y percibe no tanto desde lo externo hacia el interior (empirismo), sino por medio de la conciencia personal que asimila la realidad y desde ahí hace posible percibir el hecho externo, el fenómeno. No se trata de entender la fenomenología como un mero subjetivismo, en el sentido de tener tantas realidades como valoraciones o conciencias que las perciban, sino que, ciertos elementos de un mismo hecho, de forma común, son entendidos por todas las conciencias, y a través de la comunicación entre ellas, separando aquellos extremos estrictamente fruto de la opinión, se llega a un fenómeno común y único. No sorprende, por lo tanto, que la filósofa, desde esta línea de pensamiento, al tiempo que profundizaba en la lectura de Santa Teresa y de Santo Tomás de Aquino, realizara una tesis doctoral sobre la empatía como forma auténtica de entender la realidad intersubjetiva y, a la vez, se diera cuenta de que existe un trasfondo inicial, de una relevancia extrema, que permite a la propia conciencia comprender los hechos, otorgando a ésta una chispa de entendimiento que va más allá de las limitaciones humanas.

Edith Stein se convirtió al cristianismo, ingresó en la Orden del Carmelo en Colonia y adoptó el nombre de Teresa Benedicta de la Cruz. Ello no fue óbice para que el régimen nazi, sabedor de su origen judío, diera con ella y, junto con su hermana, fueran ambas arrestadas por la Gestapo y llevadas a diversos campos de concentración, siendo finalmente asesinadas en Auschwitz mediante la inhalación de gas venenoso.

El papa San Juan Pablo II la canonizó en 1998 y fue proclamada copatrona de Europa, por encarnar grandes valores, así una profunda intelectualidad y religiosidad.

La vida y el pensamiento de la mártir Santa Teresa Benedicta de la Cruz, su viaje desde la razón a la trascendencia, me lleva a pensar en el Derecho, que es obra humana, y participa, por lo tanto, de su misma naturaleza. Trasladando la fenomenología a la disciplina jurídica, es posible advertir que la realidad percibida de las normas jurídicas por quienes tienen que cumplirlas y aplicarlas resulta determinante para averiguar la bondad o maldad de sus fines. Quien ha de cumplirlas, la sociedad en su conjunto, si está dotada de elementos de crítica, podrá, desde su interior, desde su conciencia, percibir las intenciones del legislador, y en el caso de llegar a la convicción, determinante de una realidad objetiva, de que sus pretensiones se separan del bien común, podrá actuar en consecuencia, adoptando los mecanismos necesarios para cambiar a quien dicta esas leyes. Y en el caso de quienes han de aplicar las normas, asimismo, podrán también adoptar las medidas jurídicas y técnicas necesarias para paliar los efectos nocivos de normas que saben perversas en su fondo.

Pero este planteamiento no se limita a la perspectiva de los destinatarios de las normas, sino que es igualmente aplicable al propio sistema normativo en su conjunto y de raíz. Cualquier ordenamiento jurídico que se proyecte como medio de protección y garantía de derechos y libertades individuales y sociales debe estar inspirado y construido desde valores y principios inmanentes, éticos. El fenómeno de la ley, para ser percibido en conciencia como tal, debe conjugar ética y norma positiva. Si lo que se presenta formalmente como Derecho está en su fondo desprovisto de tal componente ético, en el sentido de ética pública, de defensa del bien común, la percepción de ese fenómeno -nominativamente jurídico- llevará de plano a descartar tal realidad como auténtico Derecho, y por una sola razón netamente objetiva y no discutible: ser generador de injusticias.

La misma reflexión filosófica que llevó a Edith Stein hacia la trascendencia debe hacernos valorar, en el marco de nuestro tiempo, y en la historia, si el Derecho que hoy tenemos y que pueda producirse el día de mañana responde a su razón de ser verdadera; si es genuina su naturaleza o si, por el contrario, son otras motivaciones las que lo han llevado a surgir y a aplicarse. En ello reside la capacidad de reacción frente a la injusticia.    

“La verdadera libertad consiste en ser fiel a uno mismo y a las voces interiores de nuestra conciencia.”

La sabiduría consiste en reconocer la realidad tal como es, sin juicios ni prejuicios.”

“La verdad es la luz que ilumina nuestro camino y nos guía hacia la verdadera libertad.”

“La verdadera educación consiste en enseñar a los demás a pensar por sí mismos y a cuestionar la realidad.”

“La experiencia de esta mujer, que afrontó los desafíos de un siglo atormentado como el nuestro, es un ejemplo para nosotros: el mundo moderno muestra la puerta atractiva del permisivismo, ignorando la puerta estrecha del discernimiento y de la renuncia. Me dirijo especialmente a vosotros, jóvenes cristianos, en particular a los numerosos monaguillos que han venido estos días a Roma: evitar concebir vuestra vida como una puerta abierta a todas las opciones. Escuchad la voz de vuestro corazón. No os quedéis en la superficie, id al fondo de las cosas (…) Santa Teresa Benedicta de la Cruz nos dice a todos: “No aceptéis como verdad nada que carezca de amor. Y no aceptéis como amor nada que carezca de verdad.” El uno sin la otra se convierte en una mentira destructora.” (San Juan Pablo II, homilía de la misa de canonización de Edith Stein)




Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y 
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación