sábado, 1 de junio de 2019

Sigmund Freud: el Derecho como padre de la sociedad y represor de los deseos


Sigmund Freud (1856-1939) fue un médico neurólogo austriaco cuyas teorías, no sólo centradas en el psicoanálisis, han hecho de su figura una de las más relevantes del siglo XX, extendiendo sus estudios sobre la mente humana a todos los campos del conocimiento, además del clínico.

En efecto, es muy conocido que sus contribuciones son determinantes, dentro del Derecho Penal, para la teoría de la culpabilidad y la asunción por el sujeto activo del delito de la antijuridicidad de la conducta desarrollada, cuando ésta es comprendida y asumida profundamente por la consciencia del individuo, sin circunstancias psicopatológicas que eliminen la referida comprensión, llegando incluso a racionalizar o explicar las motivaciones del sujeto en el momento de materializar la acción. Las teorías de Freud fueron muy polémicas, al enraizarse en aspectos primigenios del individuo, en sus deseos y apetencias.

De los planteamientos freudianos es posible entresacar un concepto del Derecho, una teoría jurídica que recoge algunos antecedentes de otros pensadores como Schopenhauer y Nietzsche. En Freud, el Derecho surge para intentar dotar de estabilidad o de seguridad a la caótica y apasionada vida humana, movida por instintos primitivos en múltiples ocasiones descontrolados, originados en la propia génesis de la especie, donde la fuerza bruta y las necesidades reproductivas y sexuales determinaban la vida y la supervivencia. En el inconsciente humano esas inercias permanecen latentes, y en el momento en el que cristalizan en la realidad, en su caso a través de la perpetración de acciones antijurídicas, surge una doble necesidad: primero, volver a un padre primigenio en el que descargar las culpas y las debilidades, y segundo, crear un sistema que restrinja las bajas apetencias humanas, ante la imposibilidad del individuo de contenerse, pues con ellas nace y muere, y la convivencia precisa de una represión necesaria, que el ser humano no alberga en su inconsciente, siendo preciso originarla y recibirla de forma exógena, para a continuación ser asumida internamente: éste es el origen del superyó freudiano. Así pues, para que la vida social pueda tener lugar, dada la incapacidad individual para refrenar las pasiones y los deseos, el ser humano vuelve a la figura de un padre, que lo controla y limita por su propio bien, naciendo de este modo el Derecho, y además, el quebrantamiento de la norma paterna, la infracción del Derecho, también le genera al sujeto un conflicto interno, pues el inconsciente se enfrenta al superyó, que le dicta e impone unas normas de contención, y en esa encrucijada, surgen el sentimiento psíquico de culpabilidad en el individuo, la depresión y la melancolía, pues el propio sujeto es el primer juez de sí mismo.

El Derecho es, de este modo, fruto de una trágica y decadente concepción del ser humano, de nuevo presentado como dependiente de sus bajas pasiones, y necesitado de una fuente externa de poder que lo someta, autogenerándola al ser consciente de sus debilidades intrínsecas, y vinculándose a ella como un menor de edad lo hace respecto de un padre, añadiendo a ello que el propio individuo se reprime internamente al asumir las reglas morales y jurídicas como propias, por medio del superyó.

“La mayoría de la gente no quiere la libertad realmente, porque la libertad implica responsabilidad y la mayoría de la gente teme la responsabilidad”.

“He encontrado pocas cosas buenas sobre los humanos en general. Por mi experiencia, la mayoría son basura, no importa si se suscriben públicamente a una doctrina ética o no. Es algo que no puedes decir muy alto o siquiera pensar”.




Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación 





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