Superman es uno de los
superhéroes más conocidos y en muy buena medida el precursor de toda una
generación de personajes de ficción que no han venido sino a seguir su modelo,
obteniendo grandes éxitos editoriales y sobre todo cinematográficos. Desde su
creación por el escritor Jerry Siegel y el dibujante Joe Shuster, y a través de
la película protagonizada en 1978 por Christopher Reeve (momento en el que la
popularidad del personaje se disparó), el héroe extraterrestre se presenta como
un ser benefactor para la humanidad, erradicador del mal y del crimen en
cualquiera de las formas en las que se presenten, para lo que emplea sus
múltiples cualidades sobrehumanas, elemento éste que le asegura una prevalencia
en la práctica totalidad de los casos, y que ha llevado a que algunos autores
consideren que la figura de Superman es la representación de un arquetipo, casi
sobrenatural, de los ideales del ser humano en cuanto a bondad y Justicia, esto
es, la encarnación de los valores idílicos de la sociedad, una especie de dios
contemporáneo.
Es precisamente en la lucha
del superhéroe contra el crimen de la que se desprenden para mí algunas
reflexiones jurídicas relevantes, quizá ocultas en el trasfondo de sus
aventuras:
El superhéroe no es humano.
No debe olvidarse su naturaleza extraterrestre. Resulta notable que la solución
de los conflictos de la sociedad los resuelva un ser ajeno a dicha sociedad.
Ello lleva a considerar que los mecanismos humanos para resolver los conflictos
(el Derecho) se consideran insuficientes para solventar los enfrentamientos
humanos, siendo necesario el recurso a un elemento por esencia desvinculado de
la sociedad. Además, el poder cuasi omnímodo del personaje se presenta como el
único posible para contrarrestar la envergadura de los problemas a resolver, lo
que refleja no solo la incapacidad social para resolverlos, sino también su
impotencia para afrontarlos, presentando, en el fondo, a una sociedad
debilitada, y consciente de su fragilidad, al no poder contar consigo misma ni
con sus propios instrumentos para superar las dificultades. Este extremo se
advera con el significado del emblema del superhéroe (la s en el pecho) que en
el idioma de su mundo significa “esperanza”. En definitiva, se viene a
presentar a una sociedad que ha de recurrir, consciente de la precariedad de
sus sistemas de resolución de conflictos, a una solución propiciada desde fuera
del sistema social, donde radicaría la esperanza.
Cuando Superman combate la
delincuencia, lo hace utilizando sus propios y sobredimensionados medios, al
margen de las garantías legales que habrían de observarse en la actividad
contra el crimen que viene desarrollando. De este modo, el recurso a una fuerza
ajena al sistema jurídico de la sociedad en la que actúa implicaría que todas
sus intervenciones, detenciones, interrogatorios o cualquier cadena de custodia
no estarían arropados por una necesaria cobertura legal y se habrían obtenido
al margen del Derecho, siendo toda la actividad desplegada por el héroe nula a
efectos de un ulterior proceso, y ello sin perjuicio de la ya adelantada
desproporción en los medios empleados por su parte, de modo que, además, si
como consecuencia de su intervención se generase un daño mayor del que se trata
de evitar (y esto es muy frecuente en las historias y películas, en las que se
refleja un importante nivel de destrucción del entorno) la responsabilidad
jurídica recaería en el propio superhéroe.
En consecuencia, la
actuación de Superman respecto del crimen se presenta marginada del seguimiento
de las pautas respetuosas con el procedimiento y los derechos; y se podría
afirmar que las circunstancias de fuerza mayor en las que tiene lugar la
actividad del superhéroe justificarían los medios por su parte empleados; no
obstante, en este punto entraría en juego el sobredimensionamiento de las
respuestas propiciadas por los superpoderes, que determinan una absoluta
indefensión. Por lo tanto, Superman, desde un punto de vista jurídico, se
convertiría en así en un justiciero, pues su ideas del bien y de la Justicia serían
por él desarrolladas sin atenerse a las reglas legales de legitimación,
procedimiento, proporcionalidad, mínima intervención o presunción de inocencia.
Por lo tanto, sí puede
concluirse que la creación de estas figuras heroicas, como Superman, responden
a una asunción de la insuficiencia de los sistemas jurídicos, al plasmar como imprescindible
la intervención de factores ajenos a los mismos al efecto de obtener una
respuesta a perjuicios sociales que no logran erradicar por sí solos; y al
mismo tiempo, ese ordenamiento de normas aplicado en su objetividad, supone un
reproche a esa intervención ajena, por lo que tampoco se tratarían de sistemas
perfectos.
Y, de nuevo, nos
encontraríamos, desde otra perspectiva, en la necesidad de que los sistemas
jurídico-positivos cuenten con una impronta metajurídica, procedente de ámbitos
diversos (la ética, la filosofía, la razón) para alcanzar un estatus de
perfección, y no convertirse en una mera cáscara generadora de una mayor
injusticia que aquella que tratan de evitar.
“Cuando alguien necesite ayuda, debes dar un paso adelante y lidiar más
tarde con las consecuencias” (Superman)
“Un héroe es una persona común y corriente que encuentra la fuerza para
resistir y perseverar a pesar de obstáculos abrumadores” (Christopher Reeve)
Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación
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