domingo, 1 de septiembre de 2019

Superman: la acción de la Justicia al margen del proceso


Superman es uno de los superhéroes más conocidos y en muy buena medida el precursor de toda una generación de personajes de ficción que no han venido sino a seguir su modelo, obteniendo grandes éxitos editoriales y sobre todo cinematográficos. Desde su creación por el escritor Jerry Siegel y el dibujante Joe Shuster, y a través de la película protagonizada en 1978 por Christopher Reeve (momento en el que la popularidad del personaje se disparó), el héroe extraterrestre se presenta como un ser benefactor para la humanidad, erradicador del mal y del crimen en cualquiera de las formas en las que se presenten, para lo que emplea sus múltiples cualidades sobrehumanas, elemento éste que le asegura una prevalencia en la práctica totalidad de los casos, y que ha llevado a que algunos autores consideren que la figura de Superman es la representación de un arquetipo, casi sobrenatural, de los ideales del ser humano en cuanto a bondad y Justicia, esto es, la encarnación de los valores idílicos de la sociedad, una especie de dios contemporáneo.

Es precisamente en la lucha del superhéroe contra el crimen de la que se desprenden para mí algunas reflexiones jurídicas relevantes, quizá ocultas en el trasfondo de sus aventuras:

El superhéroe no es humano. No debe olvidarse su naturaleza extraterrestre. Resulta notable que la solución de los conflictos de la sociedad los resuelva un ser ajeno a dicha sociedad. Ello lleva a considerar que los mecanismos humanos para resolver los conflictos (el Derecho) se consideran insuficientes para solventar los enfrentamientos humanos, siendo necesario el recurso a un elemento por esencia desvinculado de la sociedad. Además, el poder cuasi omnímodo del personaje se presenta como el único posible para contrarrestar la envergadura de los problemas a resolver, lo que refleja no solo la incapacidad social para resolverlos, sino también su impotencia para afrontarlos, presentando, en el fondo, a una sociedad debilitada, y consciente de su fragilidad, al no poder contar consigo misma ni con sus propios instrumentos para superar las dificultades. Este extremo se advera con el significado del emblema del superhéroe (la s en el pecho) que en el idioma de su mundo significa “esperanza”. En definitiva, se viene a presentar a una sociedad que ha de recurrir, consciente de la precariedad de sus sistemas de resolución de conflictos, a una solución propiciada desde fuera del sistema social, donde radicaría la esperanza.

Cuando Superman combate la delincuencia, lo hace utilizando sus propios y sobredimensionados medios, al margen de las garantías legales que habrían de observarse en la actividad contra el crimen que viene desarrollando. De este modo, el recurso a una fuerza ajena al sistema jurídico de la sociedad en la que actúa implicaría que todas sus intervenciones, detenciones, interrogatorios o cualquier cadena de custodia no estarían arropados por una necesaria cobertura legal y se habrían obtenido al margen del Derecho, siendo toda la actividad desplegada por el héroe nula a efectos de un ulterior proceso, y ello sin perjuicio de la ya adelantada desproporción en los medios empleados por su parte, de modo que, además, si como consecuencia de su intervención se generase un daño mayor del que se trata de evitar (y esto es muy frecuente en las historias y películas, en las que se refleja un importante nivel de destrucción del entorno) la responsabilidad jurídica recaería en el propio superhéroe.

En consecuencia, la actuación de Superman respecto del crimen se presenta marginada del seguimiento de las pautas respetuosas con el procedimiento y los derechos; y se podría afirmar que las circunstancias de fuerza mayor en las que tiene lugar la actividad del superhéroe justificarían los medios por su parte empleados; no obstante, en este punto entraría en juego el sobredimensionamiento de las respuestas propiciadas por los superpoderes, que determinan una absoluta indefensión. Por lo tanto, Superman, desde un punto de vista jurídico, se convertiría en así en un justiciero, pues su ideas del bien y de la Justicia serían por él desarrolladas sin atenerse a las reglas legales de legitimación, procedimiento, proporcionalidad, mínima intervención o presunción de inocencia.

Por lo tanto, sí puede concluirse que la creación de estas figuras heroicas, como Superman, responden a una asunción de la insuficiencia de los sistemas jurídicos, al plasmar como imprescindible la intervención de factores ajenos a los mismos al efecto de obtener una respuesta a perjuicios sociales que no logran erradicar por sí solos; y al mismo tiempo, ese ordenamiento de normas aplicado en su objetividad, supone un reproche a esa intervención ajena, por lo que tampoco se tratarían de sistemas perfectos.

Y, de nuevo, nos encontraríamos, desde otra perspectiva, en la necesidad de que los sistemas jurídico-positivos cuenten con una impronta metajurídica, procedente de ámbitos diversos (la ética, la filosofía, la razón) para alcanzar un estatus de perfección, y no convertirse en una mera cáscara generadora de una mayor injusticia que aquella que tratan de evitar. 

“Cuando alguien necesite ayuda, debes dar un paso adelante y lidiar más tarde con las consecuencias” (Superman)
  
“Un héroe es una persona común y corriente que encuentra la fuerza para resistir y perseverar a pesar de obstáculos abrumadores” (Christopher Reeve)




Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación


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