Dante Alighieri (1265-1321) fue un humanista
italiano, autodidacta en múltiples ramas del saber, interesado en la política
(faceta que le llevó al exilio), el más grande poeta de su época y escritor de
obras que han tenido una resonancia de tal entidad en el desarrollo intelectual
de la sociedad que muchos de sus contenidos forman parte inherente de la misma.
Se ha afirmado que Dante fue uno de los enlaces decisivos entre la Edad Media y
el Renacimiento, sin cuya existencia este tránsito hacia una nueva luz entre
las tinieblas hubiera tenido una mayor dificultad para producirse. Las obras de
Dante son sobradamente conocidas, tanto como su amor por Beatriz, a la que
nunca llegó a conocer profundamente, pero que idealizó de la mayor forma
posible, y tras saber su muerte, hizo de ella la razón de escribir y el motivo
subyacente de sus obras, identificándola con la fe, con la guía del viaje que
emprendería a través del infierno junto con su admirado Virgilio, ansiando encontrarse
de nuevo con ella más allá de la materia.
El pensamiento avanzado de Dante en su época
cristalizó primero en su obra Monarquía,
en la que abogó por la separación entre el poder político civil y el
eclesiástico (una cuestión entonces revolucionaria y por la que fue perseguido)
y ofreció una conocida definición del Derecho: “El Derecho es la proporción real y personal de hombre a hombre, que
cuando es mantenida por éstos, mantiene a la sociedad, y cuando se corrompe, la
corrompe”. No obstante, el poder que
la Iglesia venía ejerciendo desde tiempo inmemorial (sin dejar de reconocer,
desde luego, la importancia del Derecho Canónico en el progreso de la materia
jurídica, tanto por trasladar el Derecho Romano a través de la historia como
por sus propias aportaciones) hizo que Dante continuase con la teoría de un
Derecho Natural de carácter divino que constituía el fundamento de la
legitimidad de las normas positivas, recogiendo así la influencia de Santo
Tomás de Aquino. Pero ello no obsta a que estimase que toda producción jurídica
humana, para estar dotada de legitimidad, para fundamentar la causa última de
su obligatoriedad, debía contar con un referente más allá de lo positivo, de lo
estrictamente material, de modo que aquella separación política Iglesia-Estado
por la que abogó, en el ámbito de la teoría del Derecho no era tan palmaria, si
bien Dante comienza a considerar que el fundamento metajurídico de las normas
no sólo tiene que tener un origen divino, sino ético; un principio que no solo
sea ad extra o importado desde una
instancia superior, sino que su fuente original parta de la propia conciencia
humana respecto de lo justo o injusto. Dante fue un pensador libre, para el que
el Derecho justo podía perfectamente estar fundamentado en un sentimiento humano
puro, no importado, quizá equivalente al amor que siempre sintió por Beatriz y
que consideraba como el motor sobre el que construir una obra humana sobre unos
cimientos fuertes y legítimos, contrarios al mal o a la manipulación desde su
base de las estructuras jurídicas. En definitiva, no consideraba posible
desunir el Derecho de la humanidad, y por ello de los sentimientos; de modo que
mejor fundamentar la construcción del Derecho en unos buenos sentimientos, que
hacerlo desde la indolencia o incluso desde la maldad. Si Beatriz le había dado
fuerzas para atravesar los círculos infernales, un sentimiento puro y bondadoso
podría erigir un sistema jurídico respetuoso con los derechos subjetivos, y por
su propia naturaleza contrario a la execrable corrupción, de la que Dante fue
una gran batallador, hasta el punto de incluir el término “corrupción” en su
definición del Derecho, como contrario al mismo: es decir, la corrupción es la
situación de la inexistencia del Derecho, el no Derecho, la falta real de reglas
y del respeto a los derechos generales e individuales, aparte de la bajeza
moral que tiene implícita, contraria a la altura ética que un Derecho, para ser
tenido por tal, debe incluir. De esta forma, para Dante la corrupción es el
antiderecho, el opuesto al orden justo y proporcionado, una absoluta y perversa
aberración desde los prismas jurídico y ético.
Pero la obra por la que el poeta florentino forma
parte de la historia es indiscutiblemente la Divina Comedia, un poema dividido en tres cantos: Infierno,
Purgatorio y Paraíso. El trasunto del poeta a través del infierno, estructurado
en una serie de niveles desde el más superficial al más profundo, me lleva a
plantear una cuestión en materia de Derecho Penal un tanto difusa; me refiero
al concepto de “móvil”, esto es, la
razón última del proceder criminal, el motivo verdadero por el que el sujeto
activo del delito lo comete, y que no tiene que ver con el elemento subjetivo
del injusto, el dolo o la imprudencia, pues estos componentes del delito han de
examinarse atendiendo a las circunstancias que concurren de forma externa en el
momento de realizar la acción antijurídica, infiriendo de ellas el ánimo o
intencionalidad ya sea maliciosa o culposa, toda vez que no resulta posible
entrar en la conciencia del individuo. Pues bien, en muchas ocasiones queda
demostrado el delito, pero se desconoce el móvil: qué es lo que ha llevado al
sujeto a cometer la acción típica, antijurírica y culpable; el móvil no forma
parte de los elementos del delito porque es hasta cierto punto inescrutable; lo
único que puede considerarse como cierto es que tiene una naturaleza oscura,
pero la particularidad propia de cada caso puede llegar a ser desconocida, lo
que no impide la condena penal, una vez probada la concurrencia del delito en
todos sus elementos, objetivo y subjetivo.
El móvil tiene una importante similitud con la
estructura de los círculos del infierno de Dante. La estructura descendente de
los diferentes niveles, del más elevado al más profundo, es la siguiente:
Limbo,
Lujuria,
Gula,
Avaricia,
Ira,
Herejía,
Violencia,
Fraude,
Traición.
En cada círculo, aquellos que han llevado a cabo
en el mundo material las acciones necesarias para plasmar el efecto maligno de
esos pecados, cumplen sus condenas. Por lo tanto, la comisión del delito, la
ejecución de la acción que produce el resultado perjudicial para la víctima, no
es sino la materialización del pecado que lo fundamenta, que, desprovisto del
componente religioso, ese pecado del poema de Dante no es sino el móvil de la
comisión del delito, que como se comprueba es una baja emoción humana, contraria
a cualquier tipo de valor o ética. En los círculos más profundos, del fraude y
la traición, que Dante considera los de peor naturaleza, se encuentran los
condenados por corrupción. Y en el último de los círculos, además, algunos de
ellos son sometidos por el propio Satanás, quien rige el infierno en todos sus
niveles desde el trono último de la traición, pudiendo considerar incluso que
esta traición es el fundamento del resto de móviles criminales, pues cualquier
ataque a bienes jurídicos ajenos es, en efecto, una traición a la confianza
depositada por la víctima, ya sea a título particular o en términos generales
cuando los perjudicados son bienes jurídicos supraindividuales. Dante describe
este círculo de una forma muy gráfica; en él no hay fuego, sino un frio
helador, que también produce quemaduras, pero de otra forma: añadiendo lo
inesperado, el sentimiento propio de quien es objeto de la traición.
Y más aún, la relación de causalidad
imprescindible en el ámbito de la teoría del delito para enlazar el efecto
antijurídico (el resultado) con la acción del sujeto, tiene una dimensión
verdadera mucho más compleja, pues la acción, a su vez, está causalmente
vinculada al móvil, de forma que sin el móvil, la acción no tiene lugar y el
resultado antijurídico tampoco. Sin embargo, la causalidad penal, en el sentido
técnico-jurídico de la misma, debe quedar circunscrita al ámbito empírico, demostrable,
en el campo de los hechos; pero desde un punto de vista filosófico, es
indudable que la verdadera causa eficiente del delito se encuentra más allá de
la acción; en muchas ocasiones en una zona insondable.
“Oh!, raza humana,
nacida para volar, ¿Cómo puede entonces una pequeña brisa de viento hacerte
caer así?”
“Sin embargo ¿Qué
clase de persona eres tú que te atreves a juzgar los hechos que ocurren a mil
millas de distancia con tu visión que sólo alcanza a cubrir un corto tramo?”
“Quien sabe de
dolor, todo lo sabe”.
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación
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