En el ya cercano año 2.017 tendrá lugar un nuevo hito para la Historia del
Derecho de España, pues se cumplirán mil años de la aprobación de la que se
considera la primera recopilación de fueros existente en la Península Ibérica,
el Fuero de León de 1.017.
Este compendio normativo fue obra del
rey leonés Alfonso V, quien convocó en la catedral un concilio para su
aprobación. El Fuero de León, posteriormente copiado en otras recopilaciones
aplicables a diferentes territorios, contenía 48 preceptos, de los cuales 20
regirían en la integridad del territorio del antiguo Reino, siendo los
restantes una serie de disposiciones aplicables de modo exclusivo a la capital.
Las primeras 20 normas,
vigentes para todo el Reino, revelan una concepción del Derecho que trasciende
las penumbras medievales, adentrándose en la modernidad. En efecto, entre lo
estipulado se observa el interés por mantener el ejercicio y aplicación de la
justicia de un modo independiente, diferenciando este poder de los otros;
asimismo, se contemplaron las primeras garantías procesales; fue un texto
pionero al tratar de separar Iglesia y Estado en plena Alta Edad Media; albergó
el reconocimiento de la protección de la persona y los bienes de los habitantes
del Reino; y contempló por primera vez los derechos de la mujer, en el ámbito
del matrimonio y en materia hereditaria.
El resto de normas, que
como se ha adelantado tenían por objeto exclusivo la actividad de la capital
leonesa, pueden ser consideradas la matriz del moderno Derecho Local, pues en
ellas se advierte una pormenorizada regulación de la vida de la ciudad, a nivel
comercial y político, reconociéndose, entre otros, el derecho a la
inviolabilidad del domicilio. A partir de este conjunto normativo se ha
considerado que León fue la primera urbe medieval de Europa, en términos
jurídicos, es decir, fehacientes y eficaces, con plasmación documental.
Atendiendo a todo lo referido,
es incuestionable la importancia que León ha tenido para el Derecho, tanto
mediante el Fuero de 1.017 como con las posteriores Cortes celebradas en la
Basílica de San Isidoro en 1.188 (a las que me he referido en un anterior
artículo)
acontecimientos ambos que posicionan a León en la vanguardia de la Historia
jurídica de España, al ser el origen, como manifiestan muchos autores, de la
plasmación y defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos, y
establecer los firmes pilares del parlamentarismo. En definitiva, un destello
de progreso que comenzó a quebrantar los muros inexpugnables de una etapa
oscura.
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Catedral de León |
Enlace a la tribuna de opinión publicada en Ileón: https://www.ileon.com/actualidad/069598/mil-anos-de-un-texto-juridico-esencial-el-fuero-de-leon
Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid
y Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación
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