René Descartes (1596-1650), padre de la Filosofía moderna, concibió un
planteamiento de resolución de problemas fundamentado de modo exclusivo en la
razón, sin intervención de factor alguno ajeno a la capacidad humana para
obtener soluciones a cualquier tipo de controversia. El método, de evidente
raíz matemática, conlleva a ubicar cualquier respuesta en el interior del
intelecto humano, alcanzando la certeza y la explicación de todos los conceptos
por medio de la deducción.
Con Descartes se origina el iusnaturalismo racionalista, haciendo del
razonamiento humano la base de la legitimidad del Derecho y por ende de la
norma escrita, configurando un Derecho Natural innato en el hombre, vinculado a
su esencia, y no imbuido desde una fuente ajena, como la revelación de los
escolásticos. La verdad de Descartes es, bien una certeza a la que se llega por
el razonamiento (y si no se alcanza, tal certeza o verdad no existe) o bien por
el innatismo, pues existen ideas con las que el hombre nace y que se acreditan
a medida que las razona en el contexto de su madurez y experiencia. Sólo es
necesario pensar y aplicar el método deductivo para demostrar la verdad.
Desde un punto de vista procesal, el método cartesiano es determinante en
la valoración de la prueba, y en su práctica surgen todos y cada uno de los
principios del sistema racionalista sentados por Descartes: se parte de la duda
metódica y universal, en el caso del proceso esta duda consiste en la
existencia y verdad del hecho objeto de enjuiciamiento, y es por medio del
mecanismo de la deducción o inferencia mediata a través de hechos colindantes
de donde se extrae la verdad de lo acontecido, acreditando el hecho,
determinándose de este modo su carácter de hecho probado y con ello la
integración del tipo objetivo del injusto, en el caso del proceso penal.
No se trata de adquirir la certeza del hecho a través de la mera intuición
(es decir, a través de la revelación), sino de forma deductiva, aplicando la
argumentación y el razonamiento a aquellos factores concomitantes y simples que
combinados entre sí conllevan a acreditar la existencia del hecho. Sólo a
través de la inferencia deductiva, del razonamiento, que resulta mediata por
cuanto surge de la consideración de varios elementos objetivos se llega al
grado de confirmación de la verdad a través de una conclusión.
Como se ve, Duda, Deducción y Conclusión son los fundamentos del método de
René Descartes, y la base de la práctica de la prueba en el proceso. Y desde
una perspectiva aún más elevada, los mismos conceptos resultan de aplicación al
fundamento del proceso penal, pues la presunción de inocencia es la plasmación
jurídica de la duda metódica y universal, siendo preciso demostrar la verdad de
la culpabilidad (hecho dubitado) a través del razonamiento acusatorio
(deducción) que conlleve a la condena en sentencia (conclusión).
“Para ser un buscador de la
verdad es necesario que al menos una vez en tu vida dudes, tanto como sea
posible, de todas las cosas”
Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.
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