domingo, 1 de mayo de 2022

Ana Frank: víctima de la perversión del Derecho Natural

 

Ana Frank (1929-1945) es una de las personalidades más conocidas por su triste relación con la monstruosidad del régimen nazi instaurado por el Tercer Reich alemán, que determinó una vida de persecución, escondite y miedo, pese a lo cual sus palabras, recogidas en su famoso Diario, no pierden la ternura e inocencia que le eran propias. Niña alemana de ascendencia judía, hubo de escapar con su familia a Ámsterdam, en pleno fulgor expansivo de Hitler, cuyas hordas comenzaban a materializar su afán imperialista, invadiendo países y arrasando vidas y bienes, amparándose en unas leyes generadas al efecto y sustentadas en su propia y abyecta comprensión de la moralidad.

El padre de Ana consiguió obtener un lugar donde poder esconderse, la llamada “casa de atrás”, de cincuenta metros cuadrados, en el edificio de la empresa en la que trabajaba, cuyo acceso estaba oculto tras una estantería. Allí Ana leyó y estudió mucho, durante años, al tiempo que escribía en el diario sus vivencias, pensamientos, esperanzas y sentimientos…hasta que el escondite fue descubierto por la policía nazi; por su edad, Ana no fue enviada a la cámara de gas, como sí lo fueron muchos niños judíos menores de quince años, pero, previo el correspondiente tatuaje con el número de identificación en su brazo, el ignominioso rapado de pelo y desinfección, fue llevada a un campo de concentración, donde la vida de Ana se apagó a consecuencia del tifus con la edad de dieciséis años.

La experiencia vital de Ana Frank me lleva a reflexionar sobre la base moral de la ley. Quien escribe estas líneas tiene la firme convicción de que los mundos de la ley y de la ética no pueden considerarse compartimentos estancos, so pena de hacer de la ley una cáscara hueca y de la ética una utópica declaración de intenciones. Ambos planos deben imbricarse para hacer de la ley la materialización de un valor ético, como es la Justicia, y de la ética una realidad vinculante en las relaciones humanas. La ley, el Derecho Positivo en su conjunto, ha de estar sólo al servicio de la ética, ser su instrumento; y la ética fundamentar aquello que se denomina Derecho Natural, los valores más elevados, eternos e inmutables sobre los que se sustenta el carácter civilizado que se presume tiene el ser humano.  

Ahora bien, partiendo de que el Derecho Natural ha de ser la base filosófica de la legalidad positiva, la pregunta es cuál haya de ser la procedencia del propio Derecho Natural. No es una cuestión ésta meramente teórica, sino de una importancia esencial, porque en la respuesta está la consecuencia de que el Derecho cumpla su verdadero fin.

El Derecho Natural, la ética llevada al campo jurídico, no puede venir definida por ningún poder ejecutivo. De ser así, y a salvo que el dirigente sea una persona de bien, cuyas miras trasciendan a sus propios intereses y piense sólo en lo que beneficie a la sociedad y no a él mismo, se produce un muy elevado riesgo de que se impongan como valores morales lo que no son sino auténticas atrocidades, basadas en el egoísmo y en la retención del poder a costa de los bienes jurídicos ajenos; en definitiva: la elevación a principio ético (una muy particular ética, cuyo enlace con la verdadera ni siquiera alcanza a lo nominativo) de las aspiraciones personalistas del poder. Ningún individuo ni dirigente está legitimado para crear una moral ad hoc, ni para erigirse, él mismo, en parámetro de la moralidad ni en moralista, máxime cuando el mero intento de presentarse así dirá de él todo lo contrario, y lo reflejará la historia, trascendiendo cualquier silencio o coacción por él impuesta en sus tiempos.

No podemos olvidar que todo acto de corrupción o acometimiento bélico pretende esconder su verdadera naturaleza monstruosa presentándose a priori como nacido de unos fundamentos, bien legítimos, al aparecer amparados por la norma escrita, o bien sustentados en una pretendida reivindicación ética, cuando lo que en verdad se produce es un uso perverso de la ley o un desvirtuado concepto de la moral para conseguir o conservar el poder, así como otros beneficios exclusivamente personales. El nazismo inoculó unos principios metajurídicos (erigiéndose como única y verdadera fuente de la moral, sustituyendo, en su propia dimensión, a la verdadera ética) que sirvieron para fundamentar el que luego sería un conjunto normativo que legitimó el holocausto. Estamos hablando, por lo tanto, de otra de las facetas del mal: la mentira, la suplantación de los intereses generales por los propios, por medio del uso de la ley y de la ética. Podemos llevar este ejemplo a múltiples acontecimientos del presente, a escala interna e internacional, no siendo preciso detallarlos al ser sobradamente conocidos.

La conclusión es evidente: el poder puede moverse y actuar en varios planos, o dimensiones, y llegar a pervertir al mismo Derecho Natural para sustituirlo por sus propias intenciones, presentándolas como el paradigma de lo virtuoso, y, de este modo, justificar a continuación la promulgación de unas leyes que le sirvan de instrumento ejecutivo a sus solos efectos.

Ante ello, el único Derecho Natural en el que verdaderamente puede descansar la ley positiva es aquél que deriva, no de una persona o conjunto de personas, o de un poder ejecutivo, sino, sólo y exclusivamente, de la razón humana: el denominando iusnaturalismo racionalista, procedente de la inferencia, desde los más elementales y comunes bienes e intereses de la sociedad, de aquellos valores y principios que, per se, no son atribuibles a un solo individuo, sino a todos: la Justicia, la igualdad, la libertad. Frente a los intereses del poder, y como ya supieron ver los grandes filósofos que a lo largo de la historia se han sucedido, desde el Renacimiento hasta la Ilustración, solo acudiendo a la razón, con dejación de lo propio para velar por lo colectivo, se obtendrá una verdadera ética social, que, revestida como el único Derecho Natural posible, hará de la ley positiva el instrumento de la Justicia.

Esta es una reflexión a la que la vida de Ana Frank debe llevar, desde un prisma filosófico y jurídico, con la esperanza de que imprima en la humanidad la luz precisa para poder reconocer, y con ello evitar, un devenir de la historia que parece no tener fin.

“Escribir un diario es una experiencia muy extraña para alguien como yo. No solo porque yo nunca he escrito nada antes, también porque me parece que más adelante ni yo ni nadie estará interesado en las reflexiones de una niña de trece años de edad…”



Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación 



viernes, 1 de abril de 2022

Guillermo de Baskerville: la dimensión jurídica de El nombre de la rosa

 

Fray Guillermo de Baskerville es un personaje de ficción, protagonista de la novela El nombre de la rosa, de Umberto Eco (1932-2016), espléndida obra literaria que encierra una gran cantidad de secretos y la posibilidad de ser leída bajo múltiples prismas. Fue llevada al cine, con notable éxito, encarnando al fraile franciscano el actor Sean Connery. El relato, ubicado temporalmente en el siglo XIV, tiene por objeto una investigación criminal, derivada de una serie de muertes de diversos religiosos en una abadía italiana; las pesquisas son llevadas a cabo por Fray Guillermo, junto con su pupilo el novicio benedictino Adso de Melk.

La figura de Guillermo de Baskerville no es sino el traslado al ámbito literario del filósofo medieval Guillermo de Ockham, quien, precisamente por hacer primar la razón sobre el dogma fue considerado herético, cuestión que posteriormente se corrigió para ser respetado como uno de los más grandes filósofos de la historia, recibiendo el apodo de Doctor Invencible. Como es conocido, se debe a este filósofo la aplicación del método científico, estrictamente racional y lógico, para llegar a la única solución posible: la denominada “navaja de Ockham”, esto es: la posibilidad discursiva más sencilla, partiendo de una serie de premisas, es la que lleva a la verdad, en detrimento de aquellas otras más complejas o que dependan, en algún momento de su devenir, de algún tipo de hipótesis o de conjetura. Tanto la novela como la película constituyen un auténtico tratado sobre la forma de llevar las investigaciones penales en las que la prueba de indicios determina la conclusión sobre la atribución de unos hechos a su autor. Fray Guillermo es un racionalista, un científico, y así consigue desvelar el misterio de aquellas muertes. Discrimina todo lo que pueda llegarle revestido de dogmatismo, de penumbra, de tintes supersticiosos o de opiniones de unos y de otros y consigue llegar a la conclusión. En este camino su método será públicamente enfrentado al contrario, a la Santa Inquisición basada en lo prospectivo y en argumentos metafísicos, y ésta no prevalecerá. Así, la novela se erige en un canto a la razón como único medio que debe guiar cualquier tipo de actividad de investigación, y a la necesidad de una absoluta independencia en el ejercicio de tal empresa, marginada de injerencias de toda naturaleza (ya sean políticas, religiosas o dogmáticas) que sólo pretenden desvirtuar el resultado y obtener uno hecho a medida, es decir: falso.

Se ha considerado que Ockham era un nominalista, atendiendo a su concepción científica de lo filosófico. Pero no debe confundirse el nominalismo con el positivismo, desde un punto de vista jurídico. El nominalismo implica que cada ser lo es en sí mismo, con exclusividad, y por ello está dotado de su propia esencia, sin recibirla de una entidad global. Esto no significa que a través de cada concreto ser, en su individualidad, no sea posible, precisamente a través del método deductivo, la extracción o puesta en común de una serie de valores que atañen al interés de todos los individuos, dando lugar a un acervo de principios ajenos a lo temporal y a lo material que son propios del ser humano, como la igualdad o la justicia. Aquí tenemos aquello que sirve de base al sistema jurídico positivo: un Derecho Natural fundamentado en la razón humana, el iusnaturalismo racionalista. Por lo tanto, el método científico en absoluto es incompatible con un sistema metajurídico de valores que nace de la propia naturaleza racional del ser humano y por ello se erige en su mismo fundamento o base.

Para llegar a esta conclusión es preciso tener una visión intelectual crítica y completa, despejada del dogma, liberada del mito y de toda injerencia. Esta es la segunda gran tesis de El nombre de la rosa.

Sólo con una sólida cultura, con el acceso libre y total a la información, el ser humano podrá razonar y advertir la existencia de los referidos valores supremos, que le son propios y que fundamentan a los ordenamientos jurídicos, para ser reputados como tales y no constituir meras coberturas formales de actos injustos a título general y particular. La novela expresa que las muertes de los frailes de la abadía se debió a que tuvieron el atrevimiento de leer las páginas de un libro que se estimaba prohibido, la Poética de Aristóteles. Ese volumen había sido tintado en sus páginas con un veneno, de modo que los lectores, al humedecerse los dedos para pasar las páginas, tomaban contacto con él y fallecían. Uno de los frailes se había erigido en custodio del saber (que a sus efectos, era un conocimiento prohibido) y guardián de una fabulosa y oculta biblioteca que albergaba todo el conocimiento humano posible. Ese conocimiento era la llave de la auténtica libertad, el desprendimiento del dogmatismo y, en definitiva, la luz en la oscuridad. Sin el acceso a ese saber, la congregación siempre sería dócil, dominable, susceptible de ser conducida incluso a su propia desaparición, con las muletas del miedo y de la ignorancia, en un eterno medievo. Las correspondencias con nuestra sociedad resultan incuestionables: sin una educación y cultura integrales; sin unos sistemas educativos plenos y sin injerencias en sus contenidos; sin un poder que no cribe, censure y tergiverse la información, que debe circular libremente y ser de absoluto acceso a la sociedad; y sin cortinas de humo ni el recurso a la tecnología como fin y no como mero instrumento, nunca la sociedad podrá desarrollar un sentido crítico, un razonamiento propio que le permita llegar a tomar conocimiento de los valores que fundamentan la convivencia, y en definitiva, al Derecho. La sociedad, así, no podrá saber la verdad ni comprender el auténtico sentido del Derecho.

Mucho se ha discutido sobre el sentido del título de novela de Eco. A qué se refiere El nombre de la rosa, quién o qué es la rosa. Para mí, la rosa es la razón, la cultura, el florecimiento del saber, aquello que permite conocer a la sociedad el Derecho Natural que le es propio, y respecto del que siempre habrá quienes, por motivos malévolos, quieran mantener bajo llave, como aquella inmensa y laberíntica biblioteca de la abadía lo estaba.

“Mi maestro confiaba en Aristóteles, los griegos y en su sorprendente y lógica inteligencia. Desafortunadamente, mis temores no eran fantasmas de mi joven imaginación.”

“En la sabiduría hay penas y aquel que aumenta su conocimiento aumenta su aflicción también.”

“-El abad y sus colegas creen que el diablo está aquí dentro.

-Lo está.

-La única evidencia que veo del diablo es el deseo de todos de que esté aquí.”

 

“Nunca he lamentado mi decisión porque aprendí de mi maestro lo que era sabio, bueno y verdadero. Cuando por fin nos separamos, me entregó sus lentes. Me dijo que era joven, pero que algún día me servirían. Y ahora los llevo puestos sobre mi nariz mientras escribo esto. Luego me abrazó cariñosamente, como un padre, y me hizo seguir mi camino. Nunca lo volví a ver ni sé qué fue de él, pero ruego que Dios lo acogiera y le perdonara las pequeñas vanidades a las que lo llevó su orgullo intelectual.”

 


Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y 
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación 



martes, 1 de marzo de 2022

León Tolstói: conciencia, bondad y Derecho

 

El autor de Guerra y Paz y Anna Karenina, uno de los más grandes escritores rusos de la historia, León Tolstói (1828-1910) fue un hombre especial, cuyas experiencias le llevaron a tomar una posición ante la existencia que debiera dar lugar a una profunda reflexión en los tiempos actuales. Más allá de su excepcional calidad literaria, sus avatares, su decisión final acerca cómo llevar la vida (esto es, sobre cómo vivir) y sus opiniones sobre la cuestión jurídica y política bien merecen, desde mi punto de vista, dedicarle unas líneas.

Tolstói nació en el seno de una familia noble; su enrolamiento militar y participación en la Guerra de Crimea fueron para él un momento determinante que supuso un acontecimiento parecido a la conversión de San Pablo: en la guerra pudo observar la maldad y la simpleza del género humano, que él achacó, esencialmente, a la falta de conciencia.

Una persona de bien encuentra el principal límite para las actuaciones (propias o de terceros), cuando éstas se desvían del camino de la bondad y de la rectitud, en su propia ética, en su conciencia. Es el individuo quien, por sí mismo, debe negarse a actuar o a participar en actos intrínsecamente malvados y desviados, de los que nada bueno puede obtenerse, siendo la guerra el paradigma de este tipo de situaciones. Tolstói, desde ese momento, adquirió un concepto de la sociedad bastante negativo y prácticamente se transformó en un anacoreta, se fue a vivir al campo, a cultivar la tierra y a dedicarse a escribir sus grandes obras, renegando de la guerra y de la política y convirtiéndose en uno de los referentes del denominado anarcopacificismo. Para Tolstói sólo la lucha interior del ser humano contra su propia desviación del camino de la bondad, esto es, la forja del hombre puliendo sus defectos y vicios, en definitiva, la construcción de su conciencia, salvaría a la sociedad de su completo declive, y además implicaría la pérdida de la dependencia del poder político, esto es, de los gobiernos que, conocedores de la debilidad de la sociedad, se conformarían como imprescindibles para llevar a la masa humana por el camino que estimaran oportuno, habitualmente no el mejor al no fundamentarse en el interés general, sino en el de los integrantes del propio gobierno, en un ejercicio de egoísmo y engaño.

El traslado de estos postulados filosóficos al Derecho resulta evidente: frente a aquellas normas jurídico-positivas que aparezcan desarropadas de cualquier fundamento ético, la sociedad deberá responder, haciendo valer los principios más esenciales del Derecho Natural, que residen en el ámbito de lo que Tolstói denominó conciencia y que no es sino el sustrato verdadero de lo que ha de ser la humanidad. La respuesta social, mediante la resistencia ética, pacífica (que fue la inspiración para Ghandi en India) implicará que la humanidad ha crecido desde un punto de vista interior, al haber construido una ética inquebrantable, edificada tras la lucha contra sus debilidades. Nos encontramos, en definitiva, con el vivo ejemplo de un iusnaturalismo racionalista, extraído desde el interior de la persona, al encontrarse en la propia esencia del hombre y de la sociedad. En la pugna entre la norma positiva injusta, o los actos del poder cubiertos por ella, y la norma moral de la sociedad, ésta deberá siempre prevalecer, con independencia de las consecuencias que se deriven de este conflicto: el único decisivo para la humanidad y el único que debería existir.

El paralelismo con la consideración más decepcionante del aforismo ubi socitas, ibi ius, al estimar la existencia del Derecho Positivo como la triste consecuencia de la incapacidad humana para resolver los problemas de una forma directa y ética, sin el recurso a terceros, o con la resistencia pacífica ante la injusticia y el poder que tantos otros pensadores enarbolaron con el devenir de los siglos, es evidente. Tolstói renegó de guerras y de gobiernos, abogó por un crecimiento del hombre (y por extensión, de la sociedad) sobre la base de su construcción interior; un despertar de la conciencia social que hiciera posible la liberación completa de la misma y el descubrimiento de su verdadero ser, despojado del yugo del poder. En definitiva, un eterno retorno del Derecho Natural, tan presente en la historia de la humanidad y tan opacado al mismo tiempo por quienes no tienen interés alguno en que la humanidad emprenda el camino que le corresponde: el del bien.

“Resulta evidente que el poder, para ser bien ejecutado, debería estar en las manos de los mejores hombres. Sin embargo, la propia naturaleza del poder crea rechazo en éstos y hace que se encuentre siempre en las manos de los peores. Es así que siempre ha suscitado, y siempre lo hará, las causas principales de los males de la humanidad.”

“Establecer la relación con los demás basándose en la ley “no hagas a los demás lo que no quieras que los demás te hagan a ti”, reprimir las malas pasiones, no ser ni amo ni esclavo de nadie, no fingir, no mentir ni por temor ni por lucro, no eludir las exigencias de la ley suprema de la conciencia. Todo esto exige esfuerzo. Sin embargo, imaginar que determinada forma de gobierno conducirá por una vía mística a todos los hombres a la equidad y a la virtud y para ello repetir lo que dicen los hombres de un partido, discutir, fingir, insultar y batirse, se hace por sí mismo y sin necesidad de esfuerzo. Es así como surge la teoría según la cual será esta segunda opción la que mejore la vida de los hombres.”

“Considero al gobierno como una institución consagrada por la tradición y la costumbre para cometer impunemente la violencia y los crímenes más espantosos; la promoción del alcoholismo, el embrutecimiento, la depravación, la explotación de la gente por los ricos y poderosos…Por esa razón pienso que los esfuerzos que desean mejorar la vida social deben tender a librar a los hombres de los gobiernos. Este objeto, según mi entender, se consigue por un solo medio: el perfeccionamiento interior, religioso y moral de los individuos. Cuanto más superiores sean los hombres bajo este punto de vista, mejores serán las formas sociales bajo las cuales se agruparán y menos necesaria será la figura del gobierno. Al contrario, cuanto más inferiores sean los hombres mayor será el poder del gobierno y mayor el mal que cometa. De manera que el mal causado a los hombres por el gobierno será proporcional al estado moral y religioso de la sociedad.”

 “La práctica de la violencia no es compatible con el amor como la ley fundamental de vida.”




Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y 
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación 



martes, 1 de febrero de 2022

Karl Jaspers: el Derecho, ante la filosofía del límite

 

Karl Jaspers (1883-1969) fue un médico psiquiatra alemán, profesor universitario de su disciplina, cuyas contribuciones al conocimiento humano superaron el ámbito clínico, adentrándose en la Filosofía e incluso en la Teología. Contrario al régimen nazi, fue cesado de su cátedra en la Universidad de Heilderberg por razones políticas y sólo volvió a ella una vez que el Tercer Reich del partido nacionalsocialista cayó derrotado, tras la segunda guerra mundial. Recibió múltiples premios y reconocimientos en su especialidad, la Psiquiatría, y sus tratados en la materia son considerados auténticas piedras angulares de la misma. A Jaspers se le debe el análisis de las psicopatologías del individuo desde el prisma biográfico, esto es, a partir de las vicisitudes completas de su vida como detonantes de su inestabilidad mental, y del recurso a la forma antes que al contenido para conocer el verdadero motivo de la enfermedad: esto es, la averiguación de la razón de ser de la patología a través del signo externo con el que se presenta y que el enfermo dice percibir, ya sea la imagen en una alucinación visual o las voces que expresa escuchar, de modo que esa forma ofrece la clave para adentrarse en el estudio de la enfermedad. Para el autor, el concepto de “situación límite”, cuando aparece en la vida de la persona, supone el punto de inflexión de su existencia, pues este es el momento en el que la personalidad real emerge, despojada de ataduras sociales y convencionales, manifestándose la plena libertad del individuo, su estado natural original, tal y como él es.

En este punto surge la principal contribución filosófica de Jaspers: al quebrarse el contexto de estabilidad, de normalidad, y colocar al individuo en una situación extrema, su verdadera personalidad sale a la luz, y permite conocerle bien, en su bondad y en su maldad. La situación límite abre la puerta a lo que el autor denomina Existenz: la trascendencia. Es en ese momento en el que los valores más primigenios de la humanidad traspasan las fronteras o los límites de la dimensión material cotidiana, y desde su singular plano se materializan en la sociedad. Es en la situación límite cuando el individuo, desde todas las facetas de su ser, unívocamente desde lo racional y lo emocional, apela con franqueza a la igualdad, a la justicia, a la presunción de inocencia, a todos los derechos humanos y fundamentales que hacen de la sociedad una estructura humana civilizada.

Estas aportaciones filosóficas de Karl Jaspers me permiten reflexionar sobre el Derecho. Las normas positivas, para ser reputadas normas jurídicas legítimas, tienen que estar fundamentadas en los valores humanos más esenciales. Es decir: el Derecho Positivo, aún residenciado en una dimensión empírica, no adquiere su carácter verdaderamente vinculante si no se encuentra, desde su génesis, unido a los principios propios del Derecho Natural, que son valores de tipo trascendental, ubicados en una dimensión ontológica diversa a la iuspositiva. De este modo, si la norma jurídica positiva no responde a una trasposición auténtica de los postulados del Derecho Natural (los derechos humanos o derechos fundamentales), aparte de carecer de auténtica legitimidad, supone una opresión social, un encorsetamiento de la humanidad, pues no permite a ésta desarrollarse dentro de los valores que le son propios. Pensemos en la época en la que vivió Jaspers y en el régimen político de entonces, al que se opuso, y podremos entender muy bien este planteamiento. Sólo si la norma positiva traslada o traspone los principios más inherentes de la humanidad será verdadero Derecho y no una encubierta prisión impuesta desde el poder para tener contenida a la sociedad.

De este modo, Existenz y Derecho Natural, para mí, forman parte del mismo ámbito conceptual. Cuando la norma jurídico-positiva refleja los principios de la trascendencia jurídica (propios del Derecho Natural), nace el auténtico Derecho.

Será en aquellas ocasiones en las que la norma positiva no responda a la búsqueda del bien de la humanidad (lo que se produce en el momento en el que se separa del Derecho Natural) y obedezca al mero formalismo, aparentando ser legítima sin que su esencia responda a ello y quede de Derecho solo su eufemístico nombre, cuando la situación límite en la sociedad, ocasionada por la injusticia, actúe como el catalizador que haga posible un Derecho real, verdadero y justo: la quiebra de la ley positiva por injusta, mediante una auténtica revolución social frente a ella por no responder a los valores que la deben fundamentar, en la búsqueda de la verdadera armonía entre ambos planos jurídicos.

Una crisis del Derecho derivada de la situación límite en la que la sociedad perciba la injusticia encubierta tras la forma y, manifestando entonces su plena libertad de criterio, conlleve así al cambio jurídico, en el que el Derecho responda, entonces, a su verdadero ser trascedente y finalidad, que no es otro que la acción de la Justicia, y así se rompan definitivamente las cadenas de esa prisión en la que fue reclusa a instancias del poder.

“El hombre no toma conciencia de su ser más que en las situaciones límite.”

“Hay algo en la tragedia humana que hace aflorar lo mejor de la persona.”

“Ser hombre es ser libre. El sentido de la historia es que nos convirtamos realmente en hombres.”

 “El problema crucial y siguiente: la Filosofía aspira a alcanzar la verdad total, algo que el mundo no quiere.”

“La independencia del filósofo se vuelve falsa cuando se mezcla de orgullo. En el hombre auténtico, el sentimiento de independencia siempre se acompaña del sentimiento de impotencia.”

“Incluso ante el desastre posible y total, la Filosofía seguirá preservando la dignidad del hombre en declive.”



           Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y 
            Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación 



sábado, 1 de enero de 2022

Nicolás Maquiavelo: divorcio entre Ética y política; el Derecho, en la encrucijada

 

Nicolás Maquiavelo (1469-1527) fue un funcionario, filósofo y escritor italiano que conoció muy bien la verdadera cara de la política, por haber formado parte de ella durante una época de su vida, hasta que, con la llegada de los Médici al poder en Florencia, fue cesado de todas sus funciones públicas, acusado de conspirador y torturado, llevando a partir de entonces su existencia en el exilio, momento en el que se consagró a la literatura y de donde surgieron sus más importantes obras, entre ellas El Príncipe. Maquiavelo, uno de los principales exponentes del Renacimiento, lo fue en la faceta de la ciencia política, gracias precisamente a esta obra.

Ahora bien, la descripción que realiza Maquiavelo de la actividad política parte de una premisa fundamental: su separación radical de la Ética. Es más, afirma que si el príncipe albergase todavía algún tipo de moralidad, llegado el momento tendría que renunciar a ella, bien fuera de cara al pueblo, bien de cara a sus iguales, con la única finalidad de mantenerse en el puesto. Debe saber moverse en el infierno. Este es el objetivo de todo lo que hace, y para ello es preciso construir un plan que garantice su estabilidad, por encima de otros príncipes, del pueblo, de los ejércitos y hasta de la Ética. El pueblo humano al que se refiere Maquiavelo, y sobre el que el príncipe quiere mandar, no es precisamente bondadoso y además es susceptible de ser engañado, por lo que conociendo la naturaleza humana, el príncipe que aspire a regir el destino de ese pueblo, y a mantenerse en el poder, debe amoldarse a quien se dirige, de modo que valiéndose de la imagen, del puro artificio, de medidas aparentemente favorecedoras del pueblo, consigue que éste lo respete y frena las sublevaciones contra él (pues la apariencia es lo que el pueblo ve, no la realidad del corazón del príncipe –Maquiavelo se estaba refiriendo a las actuales campañas propagandísticas o de marketing-), conjugando o equilibrando una a proiri magnanimidad con la autoridad, siendo así que el pueblo y otros príncipes, aunque en principio lo respeten por sus sensatas directrices y buen criterio, verdaderamente si lo hacen es por miedo; un miedo derivado de su propia autoridad, en el sentido literal de fuerza, y de ser conocedores de los apoyos con los que cuenta, tanto del propio pueblo (convencido –engañado- de su buen y sincero hacer) como de los ejércitos, que se ponen a su disposición sin cuestionar el que los mandatos del príncipe no sean los mejores. Para cumplir el fin de conservar el poder, no hay límites: se utiliza la tergiversación de la verdad, la astucia, la fuerza, la ley y hasta la religión, barnizando las decisiones, si fuera necesario, de una capa sagrada. Maquiavelo expone múltiples ejemplos históricos de reyes, gobernantes, dirigentes que han actuado así (si bien aparentando otra cosa distinta) y han conservado, ellos y su descendencia, el poder en un Estado, incluso ampliando sus dominios; y otros que, actuando de una forma directa, neutral, sincera y prudente han sido considerados débiles y derrocados como consecuencia de conjuras fraguadas tanto desde el interior como desde el exterior de las fronteras de sus estados.

El príncipe, de este modo, emplea todos los medios para lograr su permanencia, que se reconducen a dos: la postergación de la Ética si es necesario y la dirección del pueblo, junto con el límite a los enemigos, por el puro miedo. Y dentro de su gabinete, la situación es equivalente: Maquiavelo se refiere especialmente a la relación del príncipe con sus consejeros y ministros, que debe estar fundamentada en el recelo, en la desconfianza del príncipe, siempre vigilante del proceder de quienes le rodean, de modo que si alguno de ellos actúa buscando su propio bien, o el de un tercero que no sea sólo el príncipe que lo ha designado, debe ser de inmediato eliminado de la fórmula. En definitiva, el mismo respeto, el mismo temor, se debe dar dentro del equipo del príncipe hacia él.

Si el príncipe se encuentra con leyes vigentes en el momento de llegar al poder, siendo éstas unas leyes que sabe que el pueblo respeta, las mantiene, si bien solo nominalmente: para sosegar los ánimos, las conserva; pero modifica, modula su articulado, su sentido legal para, en definitiva, conseguir sus fines sin que se pueda afirmar que esas normas, respetadas socialmente, hayan desaparecido.

Mediante el recurso a la mera apariencia, se conserva una situación jurídica, un estatus conocido y respetado, pero que en realidad encierra un sentido, practicidad y eficacia muy distintas, que cambia o altera el sentido de la ley de una forma radical, ya sea por medio de innovaciones legislativas sobre varios preceptos de la ley existente o bien haciendo que la vigencia de esa norma tenga lugar de forma muy dilatada en el tiempo, justificando así otras maneras de proceder que se dicen interinas pero que realmente no lo son.

En consecuencia, el uso del Derecho a través de la ley instrumentalizada con el fin de mantener el poder lo convierte en algo ajeno a su naturaleza, pues ya no obedece a la imparcialidad propia de la Justicia, sino al interés del príncipe, y ello, con el beneplácito del pueblo, del ejército y de los demás poderes, al estar aplacados, sedados, agradecidos e incluso sinceramente convencidos de la Justicia de ese nominal Derecho y de los actos aplicativos de esas normas por parte del príncipe, quien actúa con la astucia propia de un zorro, tal y como ejemplifica Maquiavelo. Y, en el caso de que hubiera disensiones, será entonces cuando la fuerza del príncipe, propia del león como metafóricamente expresa el autor, haga su función, y el miedo a las consecuencias de no acatar la ley o sus emanaciones por parte de aquellos que sean capaces de descubrir la realidad, acallará cualquier intento de acabar con el principado, pues antes de que eso ocurra son conscientes de que serán ellos mismos los acabados.

En la ruptura con la Ética que produce el camino hacia el fin proyectado por el príncipe, que discurre por los parajes de la astucia y de la fuerza, el Derecho queda en la frontera entre moral y política, y por lo tanto es el gran perjudicado en este divorcio: se le separa de su esencia, de aquello que lo conduce a la realización de la Justicia verdadera: los principios y valores de la moral, que son inmanentes y eternos, marginados de los vaivenes del poder, y queda de él tan solo su forma, su apariencia, que puede ser plenamente utilizada para legitimar actos injustos, toda vez que parciales e interesados; presentados, eso sí, como el paradigma de la legalidad, de la ecuanimidad y de la plena Justicia.

Una razón de Estado que encubre, bajo su eufemístico nombre, sólo la egoísta razón del príncipe. Enseñanzas centenarias que verifican, de forma dolorosa, un escaso cambio social de entonces a hoy.

“Un príncipe, y en especial uno nuevo, que quiera mantenerse en el poder, debe comprender bien que no le es posible observar en toda situación eso que hace tener por virtuosos a los hombres, puesto que a menudo, para conservar el orden en un Estado, está en la precisión de obrar contra su fe, contra las virtudes de la humanidad, caridad, y aún contra su religión.”

“Pero, ¿cómo conoce un príncipe si su ministro es bueno o malo? He aquí un medio que no induce jamás a error. Cuando veas a tu ministro pensar más en sí que en tí, y que en todas sus acciones busca su provecho personal, puedes estar persuadido de que este hombre jamás te servirá bien. No podrás estar jamás seguro de él (…). El que maneja los negocios de un Estado no debe pensar nunca en sí mismo sino en el príncipe, ni recordarle jamás cosa alguna que no se refiera a los intereses de su principado.”



          Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y
          Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación 


sábado, 25 de diciembre de 2021

Blancanieves: la condición humana, razón y trasfondo del uso del Derecho

 

Blancanieves es uno de los cuentos más conocidos del mundo. Ahora bien; las versiones que se han dado del mismo han sido sumamente dulcificadas al efecto de obtener la mayor difusión posible de este relato, en buena medida espoleadas dichas versiones en aras a la obtención de unos beneficios económicos que de otra manera quizá no se lograrían, a través, en especial, de la industria cinematográfica. Desde la realidad de la historia original narrada en el cuento, se puede advertir una muy pronunciada oscuridad, con manifestaciones de la constante tensión entre los mundos de la Ética y del Derecho, que, lejos de aparecer de una manera armoniosa entre ellos, se enfrentan entre sí y en esa pugna no resulta precisamente un vencedor claro. En verdad, esta ambivalencia es fiel reflejo de la condición humana.

La historia original narra como una reina tuvo una hija de piel blanca como la nieve, labios rojos como la sangre y pelo negro como el ébano. La reina murió, y el rey, padre de Blancanieves, se casó en segundas nupcias con una mujer de notable belleza, pero de muy malos sentimientos, crecientes al no poder soportar que hubiera alguien más hermoso que ella, como lo era su hijastra Blancanieves. Desde este punto de partida, el cuento se transforma en la descripción de un auténtico plan criminal de la madrastra de Blancanieves para acabar con ella: desde el recurso al crimen de sicarios (encomendando a un cazador para que la persiga y mate, aparte de traerle pruebas físicas del cadáver) hasta el uso y abuso de la agravante de disfraz para conseguir consumar el homicidio, haciéndose pasar la propia madrastra por otras personas con la finalidad de conseguir que aquellos objetos que le ofrecía a Blancanieves produjeran el fin pretendido, su muerte; cosa que prácticamente se consigue con la famosa manzana envenenada.

Este iter criminis, esta cristalización progresiva de los delitos hasta su consumación, precedida de varias tentativas tanto idóneas como inidóneas, unas frustradas por la intervención de terceros en el curso causal (el cazador, a quien sus principios éticos le impiden dar cumplimiento al mandato de la reina y no mata a Blancanieves; o los siete enanitos, que la custodian y protegen de los reiterados intentos de acabar con su vida) y otras incompatibles con la posibilidad objetiva de lograr per se el resultado pretendido (como el empleo de un peine o de unas cintas para el cuello con esa finalidad), tiene un simple y elemental móvil: la perversión ética, la degradación de los valores morales del sujeto activo de los delitos, en este caso la reina madrastra, corrompida por el mal, tan humano, de la envidia. Con ello quiero significar que en la base de la aparición del conjunto normativo que constituye el Derecho Penal, se encuentra la cara más perversa de la condición humana, que debe ser objeto de regulación. Pero dicha normativa no puede evitar que el desvío de los principios de la Ética se produzca. Su misión es contener al monstruo, responder con la pena a los daños que produce. Pero el mal es un hecho; el monstruo existe. Un mayor nivel de moralidad en la sociedad implica la caída de las ratios de la comisión de ilícitos penales y por lo tanto una menor (y deseable) aplicabilidad de una rama del Derecho que nació como último recurso, hoy convertida en el primer mecanismo jurídico. La solución no está en el Derecho, sino en la Ética, siendo una muestra de esperanza la decisión del cazador de incumplir la ley dictada por la reina malvada. Desacata la orden asumiendo las consecuencias, porque sabe que hay otra norma superior que se lo impide: los valores de la moral, el siempre presente Derecho Natural, que legitima la desobediencia a aquellas normas que, sólo formalmente, tienen carácter y naturaleza de ley, y cuyo trasfondo auténtico está presidido por el mal.

No solo esta moraleja se extrae del cuento; su giro final es también muy significativo. Una vez que el príncipe observa la belleza de Blancanieves, quien se encontraba ya en el sueño de la muerte atragantada por la manzana, al ser trasportada al castillo del príncipe, como consecuencia del traspiés de uno de los portadores del ataúd, el pedazo de manzana que Blancanieves tenía en la garganta salió y revivió, casándose con el príncipe. Una vez que el nuevo matrimonio supo que la malvada madrastra fue la responsable de aquellos hechos y que incluso, movida por la enfermiza envidia, había estado presente en la boda, el ya rey ordenó su detención y le aplicó un castigo brutal: la fabricación de unos zapatos de hierro, que serían calentados para estar al rojo vivo, con los que la madrasta habría de bailar desnuda, delante de ellos, hasta morir.

La aplicación de esta justicia nos devuelve a los claroscuros del ser humano: quienes se presentan a priori o de cara a la galería como los paradigmas y emblemas de la rectitud, de la moralidad y del respeto, no son, en absoluto, ejemplo de nada ni están legitimados para dar lecciones de Ética, pues su perversión (aquí cristalizada en la sanguinaria venganza) es igual o superior a la propia de los demás. Sólo es la forma lo que cambia, y a ello apunta el cuento de Blancanieves: el mundo de las apariencias, como el mundo de la legalidad positiva, en múltiples ocasiones parece compatible con la Justicia, pero su trasfondo se encuentra corrompido desde el plano de la Ética, y es sólo ésta la que hace posible un mundo verdaderamente elevado y, de verdad, justo.

“Cuando rompa la tierna cáscara, para saborear la manzana en mi mano, su respiración se calmará, su sangre se congelará, ¡Entonces seré la más bella en la tierra!”.

“Tan hermosa era aún muerta, que los enanos no tuvieron corazón para enterrarla. Confeccionaron un ataúd de cristal y de oro, y estuvieron a su lado eternamente”.



Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y 
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación 


miércoles, 1 de diciembre de 2021

José Luis Sampedro: los valores éticos, por encima de todo

 

José Luis Sampedro (1917-2013) fue un economista español que realizó importantísimas aportaciones al respecto de la situación social actual y su evolución. Desde el pensamiento económico (que, como todas las ramas del saber, se asienta sobre premisas filosóficas) sus tesis se extienden hacia todas las dimensiones de la vida, confiriéndoles, de este modo, un alcance polifacético, propio de un humanista contemporáneo.

Catedrático de Estructura Económica de la Universidad Complutense de Madrid, Académico de la Real Academia Española, escritor y Premio Nacional de la Letras, José Luis Sampedro significó en múltiples entrevistas un planteamiento crítico sobre la deriva actual de la sociedad, que arranca a partir de una inversión de ciertos principios de la Economía, para, conjugada con la crisis educativa, dar lugar a una sociedad dirigida, acrítica y en buena medida encadenada por miedos infundidos desde el poder. Lógicamente, el Derecho, como ciencia social, refleja esta línea de pensamiento, toda vez que la sujeción a la ley no lo es tanto porque ésta sea entendida como justa, sino por el miedo a las consecuencias de no someterse a ella.

Los valores éticos, que son los que, efectivamente, definen a la humanidad, han resultado postergados por dos conceptos: el mercantilismo y el miedo. Todo se construye sobre la necesidad de generar riqueza, primando la producción sobre las necesidades (invirtiendo de este modo la concatenación lógica de la Economía: ante la necesidad, surge la producción, y no a la inversa) de modo que, en realidad, el poder fomenta la producción de bienes, el movimiento de dinero, y a continuación genera en la sociedad la necesidad imperiosa de consumir lo que se produce, al margen de que dicha necesidad sea auténtica y de cuál sea la calidad de lo producido. Las normas jurídicas no son ajenas a esta situación, y se ponen al servicio del mercado en los términos descritos, anteponiendo la cobertura de la satisfacción de estas “necesidades” al respeto de los valores humanos, generando con ello una degradación generalizada del sistema, en el que la educación, el respeto, la consideración debida a la persona por el solo hecho de ser persona y detentar unos derechos subjetivos fundamentales queda absolutamente marginada, dado que todo esto (que verdaderamente es lo importante) no genera dinero. De hecho, el fenómeno de la corrupción, aunque se presente de las formas más alambicadas posibles, en su fuente, es muy sencillo de entender: la sustitución de la Ética por el dinero, la puesta de un precio al ser humano.

Al tiempo, los sistemas educativos no fomentan el libre pensamiento, sino que contribuyen al encorsetamiento social sobre la base de la asimilación de datos desprovistos de una reflexión filosófica que lleve a negar hechos que se presentan como irrefutables y que alientan el mecanicismo del sistema, que, en definitiva, a lo que lleva es a la destrucción del ser humano, a despojarle de personalidad y convertirle en una masa cuyo movimiento a través de los acontecimientos históricos y de los hechos cotidianos en modo alguno es libre (aunque se piense lo contrario) sino dirigido de una forma intencionada hacia el materialismo más cruel. Es por ello que José Luis Sampedro siempre clamó por que la juventud (y por extensión toda la sociedad) se rebelase, que pusiera un freno de cara al futuro para hacer que la crisis indiscutible del presente, la ruptura inexorable del modelo social actual, llevara a un mundo en el que volvieran a prevalecer los principios de la Ética.

En el pensamiento de José Luis Sampedro, completamente acertado desde mi punto de vista, confluyen los planteamientos filosóficos de grandes autores de la historia de la humanidad: desde Marco Aurelio, para quien la educación era el más importante servicio público, hasta José Ortega y Gasset, con su concepto de masa social, pasando por Bertrand Russell y la defensa a ultranza de los derechos humanos, llamando a la revolución social frente a aquellos mandatos que, aun presentándose de otra manera, suponen un abierto atentado a la Ética.

Jurídicamente, qué duda cabe que esos principios de la Ética deben configurar a la norma positiva. Son los postulados del Derecho Natural, los valores esenciales de la humanidad, los que deben legitimar a los ordenamientos jurídicos y justificar la obligatoriedad de las normas. Pensemos, por lo tanto, en lo siguiente: ¿qué nos motiva a cumplir la ley: nuestra convicción de que esa ley es respetuosa con nuestros derechos, es buena para con nosotros, o por el contrario, la cumplimos por el miedo a la sanción derivada de no acatarla, aunque francamente sepamos que dicha norma no nos procura algo favorable? La respuesta a esta cuestión es la que marca la deriva de la humanidad y la que ofrece una solución de futuro.

“Nuestro tiempo es para mí, esencialmente, un tiempo de barbarie. Y no me refiero solo a la violencia, sino a una civilización que ha degradado los valores que integraban su naturaleza. Un valor era la Justicia.”

“Hay una cosa que me preocupa: hasta qué punto se están destruyendo valores básicos. No hablo ya de derechos humanos, sino de la Justicia, la libertad, la dignidad, que son constitutivas de la civilización.”

“Gobernar a base de miedo es muy eficaz. Si usted amenaza a la gente diciendo que les va a degollar y luego no lo hace, entonces les puede explotar y azotar. Y la gente dice “bueno, no es tan grave”. El miedo hace que no se reaccione. El miedo hace que no se siga adelante. El miedo es, desgraciadamente, más fuerte que el altruismo, que la verdad, más fuerte que el amor. Y el miedo nos lo están dando todos los días en los periódicos y en la televisión.”

“La humanidad ha progresado técnicamente de una manera fabulosa, pero nos seguimos matando con una codicia y una falta de solidaridad escandalosas. No hemos aprendido a vivir juntos y en paz.”



Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y 
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación