sábado, 21 de agosto de 2021

Nikola Tesla: un planteamiento de Derecho Natural

 

Nikola Tesla (1856-1943), genio de la ingeniería eléctrica nacido en Serbia y posteriormente nacionalizado estadounidense, fue el artífice del empleo de la corriente alterna y sentó las bases del actual uso de la energía eléctrica y de las telecomunicaciones. Desde niño tuvo una memoria fotográfica que le permitió memorizar grandes cantidades de libros de todas las disciplinas. La relación laboral que mantuvo con Thomas Alva Edison se transformó más tarde en enemistad, en buena medida derivada de los celos de Edison respecto de las iniciativas de Tesla, lo que motivó que emprendiera contra él una campaña de desprestigio incluyendo la aseveración mediática de que el recurso a la corriente alterna era nocivo o peligroso, hasta hacerle responsable de la creación de la silla eléctrica como medio de ejecución de la pena de muerte, toda vez que, efectivamente, hacía uso de la corriente alterna. El carácter de Tesla, muy particular, le hizo enfocar sus creaciones no desde un punto de vista empresarial o económico, sino en pro de la humanidad, lo que favoreció el que otros se beneficiasen de él, sin contrapartida alguna, para terminar sus días solo, en una completa insolvencia y con la fama de haberse vuelto loco.

Si bien el planteamiento de Tesla con sus creaciones era el propio de un humanista, pues entendía que todos los seres humanos tenían el derecho a servirse de los recursos de la naturaleza, y él facilitaba medios a tal fin que aprovechaban tales recursos de la forma que estimaba más eficiente y gratuita, existen ciertos aspectos de su forma de pensar, alejados del ámbito de la ingeniería eléctrica, que me llevan a reflexionar sobre sus implicaciones en el campo iusfilosófico.

Del mismo modo que consideraba que todos los seres humanos gozaban del pleno acceso a la energía eléctrica natural, desde otra perspectiva, de tipo sociológico, seguía principios de la eugenesia, esto es, de una forma de selección genética o de intervención científica en la genética humana para mejorar a la sociedad. En definitiva, Tesla afirmó que, en algunos momentos, la naturaleza actuaba con crueldad y que precisaba de la intervención humana, a través de métodos científicos, para depurar o mejorar la genética. Junto con ello, Tesla era un ferviente defensor de la mujer como el sexo fuerte, y consideraba que, en el futuro, ellas serían las líderes de la humanidad.

Los principios de la eugenesia quisieron ser presentados inicialmente como de carácter científico; pero, en realidad, y en palabras de quienes fundamentaron este movimiento, se trataba de un dogma. Francis Galton, quien propuso el término, cercana su muerte, afirmó que Yo tomo a la eugenesia muy seriamente, y tengo la sensación de que sus principios deberían llegar a ser uno de los motivos dominantes en una nación civilizada, tanto como si se tratara de uno de sus dogmas religiosos.” He aquí el grave problema: el dogmatismo, la presentación como valor superior a la intervención genética para la mejora social, dio lugar a los más oscuros periodos de la historia, pues desembocó en una forma de justificar atropellos a los derechos humanos sobre una base metajurídica, colocando a la eugenesia al nivel de los demás valores y sirviendo de fórmula para justificar atrocidades, como el racismo o el nazismo.

Precisamente, para contrarrestar la proyección de la eugenesia nació una rama fundamental de la ética: la bioética, que actúa como la fuerza opuesta a los criterios de selección natural, evitando que derive en la propia aniquilación de la sociedad, sobre la base de principios de actuación que se presentan como superiores cuando en verdad obedecen a fines malvados, al intervenir sobre la humanidad desde sus cimientos con el objeto de crear una sociedad “a la carta”, jugando a ser Dios. La bioética coloca los necesarios límites a esas prácticas, marcando las líneas rojas más allá de las cuales la intervención genética no puede producirse, pues de lo contrario conllevaría no solo a alterar el curso de la naturaleza, sino a negar el derecho a la vida a aquellos individuos que, por parte del poder, se consideraran, bajo su discrecional criterio, no aptos.

La cuestión clave desde la perspectiva jurídica es que, si las normas positivas deben asentarse en principios morales, éticos, esto es, en el denominado Derecho Natural, ¿qué ocurrirá si bajo la fórmula de “valor superior ético” se introducen elementos anómalos que degradan al conjunto de la ética, la pervierten, hasta el punto de transformar aquello que debe fundamentar al Derecho en un instrumento más al servicio de fines espurios del poder? No es algo que resulte inverosímil; en la historia han existido ejemplos, desde los antiguos espartanos hasta bien entrado el siglo XX. Es decir, la posibilidad de la injerencia sobre el mismo Derecho Natural, haciendo pasar por postulados morales lo que no son sino intereses malévolos del transitorio poder, que así encuentra respaldo moral (la de su propia moral) a las leyes que dicte y a los actos que ejecute.

La solución a ello pasa por diferentes campos. En primer lugar, las normas éticas no han de ser creadas e impuestas por un sujeto, conjunto de sujetos, gobierno o poder alguno. Carecen de legitimidad para ello. La ética se deriva de la propia condición humana, de su desenvolvimiento a través de los tiempos y de las situaciones vitales a las que el ser humano se enfrenta a diario para sobrevivir. No precisa su generación de la intervención personalísima de nadie erigido en paradigma de la moralidad. Por otro lado, el iusnaturalismo que mejor ejemplifica el que los postulados éticos no pueden venir impuestos por sujetos concretos es el de corte racionalista, pues actúa a través de la deducción: los valores superiores nacen por medio de la práctica de la razón y de la lógica, que extracta, en un conjunto de principios, las experiencias vitales derivadas de la injusticia al haberse ocasionado vulneraciones de tales principios: así nacen el derecho fundamental a la libertad, a la vida, a la educación, todos los denominados derechos esenciales. Y en tercer lugar, cualquier inclusión de postulados pretendidamente éticos en el ámbito del Derecho Natural y que no resistan el menor examen lógico de convivencia y armonía con los que en verdad lo integran, pues resultan abiertamente contradictorios con ellos, deben ser objeto de inmediata repulsa y automático rechazo de ese orden suprajurídico, incluso mediante la generación de mecanismos activos que, por una parte, confinen el atroz desarrollo de esos anómalos principios y, por otra, con su sola realidad evidencien la malignidad de esos pretendidos dogmas morales: así funciona la bioética, pues junto con los límites a la intervención no justificada en la genética, su sola existencia pone de manifiesto que la maldad también trata de operar en campos que han de ser intocables.

“Nuestras virtudes y nuestros defectos son inseparables, como la fuerza y la materia. Cuando se separan, el hombre deja de existir.”

“En realidad, no me preocupa que roben mis ideas. Me preocupa que ellos no las tengan.”

“La ciencia no es sino una perversión de sí misma a menos que tenga por objetivo final el mejoramiento de la humanidad.”

 “Somos autómatas controlados totalmente por las fuerzas del medio, zarandeados como corchos en la superficie del agua, pero confundimos el resultado de los impulsos del exterior con el libre albedrío.”





Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación 


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