viernes, 20 de agosto de 2021

Platón: "kilómetro cero" del verdadero saber jurídico

 

Una de las figuras más conocidas, preeminentes y representativas de la Filosofía, desde todas sus diversas vertientes, es el pensador griego Aristocles, conocido históricamente por su apodo: Platón (427 – 347 a.C.), así denominado por sus cualidades atléticas, pues su desarrollo físico lo dotó de una espalda ancha. Han existido ciertas investigaciones que han cuestionado la realidad de la existencia de Platón como persona, realizando un examen de su figura similar a la de Homero, afirmando que bajo su nombre se recogieron múltiples enseñanzas y técnicas de pensamiento que se habrían originado a lo largo del desarrollo de la vida intelectual griega y por parte de una pluralidad de pensadores. Sin embargo, no debe dejar de subrayarse que si Platón acudió a la técnica del diálogo para mostrar sus ideas a sus alumnos o hizo uso de la mitología en la enseñanza fue, precisamente, atendiendo a su condición de buen y auténtico filósofo: con el fin de dotar de sencillez a lo complejo e ilustrar, e incluso amenizar, a quienes le escuchaban; ello unido a que, en su momento vital, la transmisión del saber era eminentemente oral, no acudiendo a la formula escrita como modo de comunicar el conocimiento, lo que tendría lugar con posterioridad. Además, la propia fundación de la Academia, cuna de su pupilo y amigo Aristóteles, quien, pese a sus diferencias, siempre mostró respeto y admiración por su maestro, confirma la plena realidad, como individuo histórico, del pensador padre de la filosofía occidental.

Platón desarrolló unos planteamientos filosóficos completos, que supusieron el análisis de todos los aspectos de la vida: desde la política, la ley, la estética, el amor o el uso del lenguaje, hasta su paradigmática tesis sobre las ideas, como fundamento de la realidad. Es esta línea de pensamiento (que se presenta como la base de todos los demás ámbitos especializados) la que me permite reflexionar sobre su decisiva vertiente jurídica.

La forma con la que Platón expuso la doctrina de la ideas a sus alumnos fue por medio de una historia, un mito generado por el pensador: la caverna. En ella, una serie de personas encadenadas desde el principio de su existencia sólo podían ver, oír, y en definitiva sentir, aquello que se proyectaba en uno de los muros de la cueva, esto es, sombras, que, para ellos, constituían la realidad del mundo. Aquellas sombras eran la consecuencia de la proyección, desde fuera de la caverna, de la luz del sol sobre elementos o artefectos previamente creados. Los habitantes de la cueva no podían ni tan siquiera imaginarse que aquella realidad suya era una apariencia ni que la verdad era mucho más grandiosa. Hasta que en una ocasión, uno de los habitantes de la caverna logró desatarse de las cadenas y salir al exterior. Allí, una vez que sus sentidos se acostumbraron a la luz, accedió finalmente a la verdad, y comprendió que lo que hasta entonces había considerado como real era un mero artificio, una sombra desvirtuada de lo verdadero; en definitiva, un engaño. Es a través de este relato como Platón expuso la diferencia entre el mundo sensible y el mundo inteligible, siendo el primero un reflejo muy desvirtuado de la verdad de la existencia, ubicada en un mundo no directamente perceptible por los sentidos, sino en un plano ontológico distinto, pero a la vez fundamento del sensible. La existencia de las ideas no se refuta por el hecho de que los sentidos humanos no las lleguen a percibir (pues estos sentidos son limitados al mundo de las apariencias, y por ello, pueden llevar al error si no hay una reflexión o cuestionamiento de aquello que se percibe) sino que, por el contrario, el mundo sensible puede actuar como un indicio del mundo real, para aquellos que mediante la razón así se lo lleguen a plantear, al estar dotados de los caracteres propios de los filósofos. Es más, incluso la percepción del mundo sensible y la identificación de los objetos y seres del mismo, si es posible, lo es por la anamnesis o reminiscencia: esto es, por una asociación implícita e indirecta que se hace entre las formas externas percibidas y la realidad que reflejan, derivando en su comprensión. En definitiva, si el mundo sensible llega a entenderse por la razón humana es porque en cada hombre, aunque lo niegue, hay un recuerdo del mundo de las ideas, del que realmente su propia vida deriva.  

El traslado de esta tesis filosófica al campo jurídico es evidente: la dicotomía mundo sensible/mundo inteligible es la misma que existe entre Derecho Positivo/Derecho Natural. La norma jurídica escrita, positiva, no tiene un fundamento de legitimidad per se, derivado de su sola promulgación y entrada en vigor, ni su plena legitimidad nace de los aspectos de procedibilidad en su formación. Esta es su existencia formal, y los vicios derivados de la misma son tan limitados como el plano al que pertenecen, pudiendo ser subsanados de las formas en Derecho previstas. Pero, por encima de ello, una norma puede ser contraria a los elementos primigenios que la deben fundamentar. Estos principios no están en el mismo plano al que pertenece la norma positiva, sino en el ámbito ético, moral, esto es, de las ideas en términos platónicos. Cuestiones como la vida, la salud, la igualdad, la libertad, el superior interés del menor, y otros, no se limitan a ser reconocidos por el hecho de que la ley así lo haga, sino porque, con anterioridad, tales valores superiores conforman la ética pública. El camino de la ley, para ser tenida por tal, pasa por trasponer los valores éticos residenciados en el ámbito del Derecho Natural. Una norma positiva que contravenga tales valores será ilegítima, y se convertirá en un medio o instrumento para arropar, dotar de una mera apariencia de rigor jurídico, a los actos injustos. La norma escrita debe reflejar el Derecho Natural, e incluso así no pasará de ser una copia susceptible de errores, al no disponer de la pureza de los principios de un plano más elevado. Con mayor razón la ley dejará tan siquiera de poder llamarse ley si se separa de tales principios.

Puede entenderse perfectamente que Platón hablara de que el mejor gobernante sería un filósofo (un verdadero pensador, no sólo a efectos nominativos) pues conocería el discurso existente entre ambos mundos y daría lugar a las normas jurídicas plenas: esto es, al Derecho conformado por normas legítimas, al reflejar y aplicar los principios del Derecho Natural en la realidad tangible, no haciendo del Derecho un mecanismo útil para limitados e interesados fines, presentado como si fuera legítimo, cuando en verdad contraviene las bases que lo deben fundamentar y por lo tanto lo transforman en una monstruosidad.

La filosofía platónica, con posterioridad, fue objeto de grandes críticas y revisiones. Así lo fue en términos generales y en las posiciones encontradas entre defensores del iuspositivismo y del iusnaturalismo (actualmente muy matizables). Pero no puede discutirse que Platón abrió el camino, fue el punto de partida de todas las vertientes del saber que en la Historia de la Filosofía se han dado, con un traslado absoluto a la concepción, a lo largo de los siglos y hasta la actualidad, del Derecho.

“Hasta que los filósofos gobiernen como reyes o, aquellos que ahora son llamados reyes y los dirigentes o líderes, puedan filosofar debidamente, es decir, hasta tanto el poder político y el filosófico concuerden, mientras que las diferentes naturalezas busquen solo uno de estos poderes exclusivamente, las ciudades no tendrán paz, ni tampoco la raza humana en general.”

“La obra maestra de la injusticia es parecer justo sin serlo.”

“La medida de un hombre es lo que hace con el poder.”

“Un recipiente vacío hace el sonido más fuerte, por eso los que tienen un menor ingenio son los más grandes charlatanes.”

“Uno de los castigos por rehusar participar en la política es que terminarás siendo gobernado por hombres inferiores a ti.”



Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y 
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación



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