Leonardo da Vinci (1452-1519) ha sido una de las
personalidades más relevantes de la historia. Puede afirmarse que, más allá de
que su vida discurriera en la luminosa época del Renacimiento italiano, él
mismo, con su propia existencia, fue el Renacimiento, no admitiendo contraste
con ningún otro intelectual, ni coetáneo suyo, ni posterior a sus tiempos, ni
tan siquiera en la actualidad. Nadie ha conseguido llegar tan lejos como lo
hizo Leonardo.
Fue un polímata, esto es, un sabio que dominó,
con grado de perfección, múltiples ámbitos del conocimiento: desde la filosofía
a la pintura, desde la escultura a la ingeniería, desde la geometría a la
anatomía, desde poesía hasta la música. Todo ello se conjugó con un factor
determinante: la creatividad. Es cierto que para aquellos que alcanzan niveles
importantes del conocimiento en ciertas áreas, surge la necesidad de dar origen
a nuevas ideas, hechos o iniciativas. Y al tiempo, la adquisición de un amplio
saber conlleva a una capacidad de práctica previsión del futuro, que realmente
no es una facultad sobrenatural, sino un atributo derivado de la unión del
razonamiento lógico y de la experiencia.
Leonardo fue un gran defensor de dos extremos
esenciales también para la materia jurídica: la razón y la ya referida
experiencia práctica. Como humanista, identificó al ser humano con el epicentro
de todos los saberes, y el puente para conocer lo universal. A través de la
razón, y no del dogma, el verdadero conocimiento se hacía posible, dando lugar
a una era de luz.
Leonardo da Vinci, desde una posición
iusfilosófica, fue precursor de un Derecho Natural de corte racionalista; desde
luego, y como premisa mayor, considero que la concepción de lo jurídico que pudiera
tener siempre estaría asentada en principios no positivos, para sobre ellos
edificar un ordenamiento jurídico que verdaderamente materializase la acción de
la Justicia: tales principios, claves en todo su pensamiento, fueron la necesidad y la proporción.
Aquello que es necesario, conceptualmente lo es
porque deriva de la naturaleza, resultando imprescindible para cumplir la
función que le es propia; y la unión de varios elementos necesarios,
desarrollando cada uno su específica función o razón de ser, lleva a la
conformación de la realidad. Se trata de una metafísica aristotélica, y cuyo
traslado a lo jurídico deriva en el entendimiento de que bajo el parámetro de
necesidad se encuentran los derechos más esenciales del ser humano, tales como
la vida o la dignidad, sin los que resulta inconcebible entender la realidad de
la existencia del individuo. Estos derechos, preestablecidos naturalmente,
adquieren con posterioridad una plasmación positiva, a través de la norma
jurídica. En consecuencia, aquellas normas jurídicas que no se basen en los
conceptos esenciales que las preceden, no podrán cumplir el fin que les debería
ser propio, y podrán realizar otros, pero alejados del sentido esencial de un
sistema normativo que se constituye para garantizar el respeto a aquellos
principios que configuran al ser humano.
Asentados los derechos humanos en un plano
filosófico, y desde ahí reconocidos por las normas jurídicas, que llevan a su
obligatoriedad material, el segundo principio clave que fundamentó el
pensamiento de Leonardo fue el de la proporción, que llevado al campo jurídico,
recibe una denominación equivalente, y muy significativa: proporcionalidad. Los derechos pueden colisionar entre sí, de modo
que es preciso establecer unas reglas que permitan la convivencia armoniosa
entre ellos. Esta proporcionalidad entronca con dar a cada uno lo suyo, como
base de la Justicia, y recoge la célebre tesis de Ulpiano, llevándola al
contexto del fundamento filosófico y humanista del Renacimiento. Si el Hombre de Vitruvio es el dibujo de
Leonardo que mejor expresa la proporcionalidad del individuo, cada uno, como
parte de una colectividad, goza de esa misma y perfecta proporción exclusiva y
personalísima, en la que se integran también todos sus derechos; pero a la vez
la misma proporción debe guardarse con los derechos ajenos, evitando la
confrontación de dos ámbitos independientes, de tal modo que los derechos de
una parte anulen o minoren los derechos esenciales de la otra. Precisamente por
ello es preciso conservar la proporción, y dar a cada uno lo que le
corresponde, estableciendo unos criterios ponderativos y unas normas positivas que
coadyuven a la convivencia.
El pensamiento de Leonardo da Vinci no es por lo
tanto ajeno en absoluto a la materia jurídica, lo que confirma, asimismo,
aquello que el autor encarnó: el conocimiento, el saber, es una unidad con
diferentes caras o facetas, y con independencia del área del conocimiento en la
que se desarrolle una concreta especialidad, resulta fundamental tener una
cultura muy amplia, una inquietud constante por todo lo que tenga que ver con
cualquier campo del saber. Un jurista eficaz es aquel que conoce el Derecho,
pero también comprende la raíz filosófica del mismo, las vicisitudes sociales e
históricas que llevan a los cambios de la norma positiva, extremos que
capacitan para la correcta interpretación, ponderación e incluso crítica de la
ley, si ésta se separa de los principios que la tienen que fundamentar, dotando
al profesional de una nota propia del humanista, como es la capacidad creativa,
y una riqueza de léxico y exposición, que hagan de su producción escrita y oral
una obra de claridad argumentativa y de calidad literaria. Solo así se puede
llegar al Derecho pleno, al verdadero saber jurídico. La misma perspectiva que
Leonardo aplicó a sus obras pictóricas, mediante el uso inteligente de las
dimensiones, de la luz, de la geometría, ha de ser aplicada al Derecho: solo
desde una visión o perspectiva del fenómeno jurídico que no se limite a lo
superficial, a la norma positiva, se alcanzará a comprender la disciplina
legal, y con ello lo que la Justicia significa. Exactamente del mismo modo que La última cena, célebre pintura mural de
Leonardo, nadie duda que es mucho más que color y formas.
“La sabiduría es
hija de la experiencia y ésta, a su vez, es intérprete entre la naturaleza y la
especie humana.”
“Después de haber recorrido una distancia entre
rocas sombrías, llegué a la entrada de una gran caverna. Dos emociones
contrarias surgieron en mí: miedo y deseo. Miedo a la amenazante caverna y
deseo de ver si había cosas maravillosas en ella.”
“No se hace
justicia haciendo leyes y más leyes, porque el exceso de leyes casi siempre
conduce a la peor Justicia.”
“Desperté solo para
descubrir que el resto del mundo aún duerme.”
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