martes, 26 de agosto de 2025

Krause: el humanismo jurídico

 

Karl Christian Friedrich Krause (1781-1832) fue un pensador alemán que, quizá, desde la perspectiva teórica no goza de la fama y difusión de otros grandes filósofos, pero la práctica de sus tesis ha sido más que esencial para el progreso intelectual de la sociedad. Abarcó su trabajo múltiples facetas, y la jurídica es una de las más relevantes, siendo un exponente de la imprescindible conexión entre ética y ley, si bien desde la perspectiva racional, liberal, al margen de imposiciones y sobre el fundamento de un sentido cultural y crítico de la vida.

No prescindió, en absoluto, de la metafísica; muy por el contrario, toda su filosofía se fundamenta precisamente en la elevación del ser humano atendiendo a los valores que le resultan propios y que lo configuran como persona, partiendo de la moral y del respeto intersubjetivo y llegando a la creación del Derecho como un auténtico reflejo material de esa naturaleza trascendente del ser humano. No es por ello de extrañar que, en términos propios de la filosofía jurídica, nos encontremos ante un iusmoralista, esto es: un filósofo que arranca de los principios que hacen del ser humano un ser digno, ubicados en un plano supramaterial, pero que lo configuran como parte de su naturaleza; y tales valores y principios no proceden de una imposición o de la revelación, sino de la propia razón e intelecto. Se trata, pues, de un iusnaturalismo racionalista, que está en la base misma del nacimiento de los derechos humanos y de su plasmación positiva en textos normativos. No hay genuino Derecho sin valores ni principios éticos, que constituyen su fundamento y la propia razón de ser de la norma, pues si esta existe lo es para plasmar, dotar de eficacia y proteger jurídicamente esos principios configuradores del ser humano.

Para llegar a este entendimiento -desde mi punto de vista, más que acertado- del fenómeno jurídico, Krause abogaba por un sentido de crítica racional, sustentada en la filosofía kantiana, y ésta, a su vez, solo posible a través de la libertad de pensamiento y de cátedra, ubicando a la cultura y a la educación como las variables imprescindibles para conseguir una sociedad plena.

Estas aportaciones han supuesto una base clave para la creación y establecimiento del propio Estado Social y Democrático de Derecho, cuyo cometido, aparte de la garantía de la separación de poderes, es establecer el sistema de libertades de todos en el marco de una relación de convivencia, permitiendo el equilibrio entre las libertades de cada uno y la vida en sociedad, que, al fin y al cabo, se fundamenta en el respeto mutuo, en una moralidad construida desde lo racional. Su obra más influyente es El ideal de la humanidad para la vida, en la que pone de manifiesto la necesidad de sustentar la vida en una ética y educación firmes como pilares maestros de la convivencia.

El krausismo tuvo una influencia decisiva en España, sobre todo en materia educativa (propiamente docente) y jurídica. Uno de los primeros valedores de este pensamiento de progreso fue Julián Sanz del Río, profesor de Derecho y de Filosofía, y el cauce para traer a España este tan importante pensamiento fue la disciplina de la Filosofía del Derecho. Pero no fue éste el único canal de entrada de la filosofía de Krause en España; como ya he referido, la educación era otro de los epicentros, y fundamentalmente lo fue la creación de la Institución Libre de Enseñanza (en activo desde 1876 a 1939), que trasladó al sistema educativo aquellos principios de libertad, de profunda cultura, de pensamiento crítico, a través de grandes profesores y pensadores, destacando Francisco Giner de los Ríos. Fueron, pues, dos caminos en paralelo, el educativo y el jurídico, que trataron de hacer realidad una mejor y más próspera sociedad, sobre la base de la libertad, la igualdad, el mérito y el esfuerzo. En fin, se trataba de crear personas verdaderamente libres, y ello gracias a su formación plena. Seres no manipulables, seres íntegros y plenos. Se concebía la educación como el más perfecto humanismo, el enriquecimiento intelectual, artístico y físico, en definitiva, un modelo de hombre total, siempre en continuo aprendizaje y crecimiento hasta el final de su vida. Hombre y mujer, por supuesto, en plena igualdad de derechos y de oportunidades.

Los promotores de esta forma de pensar y de la propia Institución no lo tuvieron fácil, sobre todo en momentos históricos de tiranía o dictadura, pues, como es lógico, un sistema que prima la libertad de cátedra, de pensamiento y la igualdad, directamente se contrapone con la imposición arbitraria de un poder unilateral cuya moralidad no se garantiza más allá de originarse en una sola persona o en un grupo de poder que no tiene por qué compartir esas tesis, haciendo de las suyas propias un mandato imperativo. Los ceses “discrecionales”, las expulsiones de las cátedras universitarias o los exilios fueron la consecuencia para quienes tuvieran algo que ver, siquiera fuera tangencialmente, con aquella forma de plantear las cosas.

Pero, sea como fuere, el legado de Krause y de la propia Institución es eterno, jamás desaparecerá, pues late en la esencia del modelo de convivencia social y jurídico que tenemos en la actualidad. Al menos, en apariencia: porque, dada la situación, nada obstaría a que esta Institución renaciera, pues nos sigue haciendo falta la materialización, a través de la educación y de la cultura, de aquellos principios que sustentan el tan denostado -por algunos- Derecho Natural: nada menos que la ética y los derechos humanos. Tal vez ese menosprecio (activo) o desconocimiento (pasivo e inculcado a propósito) de tal concepto trascendente del Derecho obedezca a un motivo, que solo la crítica culta puede llegar a descubrir.

"Debes hacer el bien, no por la esperanza ni por el temor ni por el goce, sino por su propia bondad."

"Debes cumplir su derecho a todo ser, no por tu utilidad, sino por la justicia para los seres sensibles."

“(…) en este orden el Derecho forma un principio distinto, pero íntimamente unido a la religión, a la moral, a la ciencia y al arte; y como el orden moral se desarrolla por la libertad en la historia, el Derecho se engrana con todas las fases de un pueblo.”

“El sentimiento del Derecho no es un sentimiento de individualidad; es un sentimiento de relación común y recíproca, es el freno más poderoso del egoísmo. El Derecho quiere que todos los hombres den y reciban mutuamente y en forma social toda condición para el cumplimiento de su destino individual y total.” (Sanz del Río sobre la obra de Krause)




Diego García Paz es Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid y 
Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación 


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